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Transparencia y acceso a la información

INAI

Debe SFP dar datos sobre Procedimientos Administrativos de Responsabilidades: INAI

MVS Noticias

Angélica Melín Campos

14 de febrero de 2016

 

Para conocer la información que aportan los órganos internos de control de la Administración Pública Federal, sobre los casos en que cada autoridad emprendió procedimientos administrativos de responsabilidad, ello, por anomalías cometidas en el servicio público.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), determinó que la Secretaría de la Función Pública (SFP), debe dar a conocer una versión pública de los datos contenidos en el Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades.

Lo anterior, para conocer la información que aportan los órganos internos de control de la Administración Pública Federal, sobre los casos en que cada autoridad emprendió procedimientos administrativos de responsabilidad, ello, por anomalías cometidas en el servicio público.

Lo anterior, luego de que la Función Pública respondiera a una solicitud de información en esa materia, que no tiene una versión pública del sistema señalado por tratarse de un mecanismo interno de control y seguimiento, por lo que los datos, en la modalidad que los solicitó un ciudadano, son inexistentes.

Al analizar el caso, los comisionados del INAI determinaron que el Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades, permite recabar información sobre los expedientes abiertos por los órganos internos de control de las distintas dependencias y entidades de la administración pública federal, en caso de responsabilidad administrativa de funcionarios públicos.

Para emitir un resolutivo, los comisionados pidieron una opinión técnica a la Dirección General de Tecnologías de la Información del INAI, la cual concluyó que técnicamente, es posible atender la petición ciudadana, por lo que la Función Pública está obligada a elaborar y presentar una versión pública con los datos requeridos.

La Dirección señalada planteó que la SFP puede echar mano de herramientas tecnológicas y programas disponibles, que también son de fácil acceso y gratuitos, a fin de atender el requerimiento del peticionario.

Agregó que generar una versión pública como la solicitada, es sencillo y cualquier persona con conocimientos estándar en informática y sistemas de cómputo lo puede hacer e incluso, no requiere de altos consumos de procesamiento ni complicados recursos informáticos.

Los comisionados concluyeron entonces, que la Función Pública no puede argumentar inexistencia de la información señalada ni incapacidad para presentar una versión pública de la misma, pues es factible en términos técnicos y tecnológicas dar a conocer los datos del sistema de control interno que agrupa los expedientes de procedimientos administrativos de responsabilidades que llevan los órganos de control en cada dependencia y entidad de la administración pública federal.

Los integrantes del INAI agregaron que la versión pública deberá elaborarse y proporcionarse al solicitante, reservando y protegiendo como marca la ley, datos personales referentes a los registros federales de contribuyentes, claves únicas de registro de población, sexo, domicilio particular y números telefónicos de los funcionarios a los que se sigan procedimientos administrativos de responsabilidades.

 

 

Transparencia y acceso a la información

 

INAI

 

El Inai le pide a Función Pública cumplir con ley

 

El Universal

Alberto Morales

15 de febrero de 2016

 

Quieren saber procedimientos para servidores que incurren en faltas

La Secretaría de la Función Pública (SFP) deberá dar a conocer una versión pública de la base de datos del Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades (SPAR) que da seguimiento de los servidores públicos que han incurridos en faltas y han sido sancionados.

Ello luego de que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) revocó la respuesta que dio la dependencia a una solicitud de información presentada por un ciudadano, quien precisamente había solicitado los datos mencionados.

Empero, la Secretaría de la Funciuón Pública declaró como “inexistente” la información solicitada en versión pública porque la misma se trata de un sistema de control y seguimiento interno.

“Por lo tanto la información, tal y como la requiere el ciudadano, no existe”, se informó en su momento.

Posible atentado contra el derecho a informar. El comisionado Francisco Javier Acuña explicó que ese punto generó un agravio en contra del ciudadano por parte de la Función Pública.

Francisco Javier Acuña explicó que se llamó en alegatos a la dependencia para que explicara por qué dice que la versión pública de ese sistema de control interno llamado SPAR, no está disponible en la modalidad que se solicitó.

Además dijo que se le pidió a la Dirección General de Tecnologías de Acceso a la Información del Inai una opinión técnica-tecnológica.

En la respuesta a la solicitud, esta instancia concluyó que sí se puede y que es factible hacer lo que pide el solicitante.

Sobre el caso que está en imputación, la comisionada del Inai, Areli Cano, aseguró que la información solicitada es totalmente susceptible para exportarse y generarse en formatos abiertos, lo cual es una premisa que se tiene ya establecida en la ley de Transparencia.

“Entonces, pues bien por las diligencias que en su momento hizo la ponencia para allegarse de mejores elementos y tener suficientes consideraciones para mejor proveer este tema”, expresó.

Sin excusas “tecnológicas”. Francisco Javier Acuña señaló que no puede haber excusas tecnológicas para que no se cumpla el derecho de acceso a la información.

Indicó que en ese tipo de casos no es que el sujeto obligado no quiera cumplir, sino que de acuerdo a sus posibilidades tecnológicas no puede concretar la respuesta al solicitante.

“No es que no quisiera el sujeto obligado cumplir, sino que dice: ‘Bueno, mi formato no da, no alcanza a desagregar esta información, como la piden’”, dijo.

Así el pleno del Inai ordenó a la Secretaría de la Función Pública entregar una versión pública de la base de datos denominada “Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades”, en la cual deberá omitir la entrega de los datos personales de los servidores públicos como RFC, CURP, sexo, domicilio particular y número de teléfono particular o celular, como lo marca al momento la ley en la materia.

 

Transparencia

 

INAI

 

Ordena INAI a SFP entregar datos del sistema de procedimientos

 

Quadratín Jalisco

Redacción

Febrero 14 de 2016

 

GUADALAJARA, Jal, 14 de febrero de 2016.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Función Pública entregar versión pública de la base de datos del Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades, en el cual los Órganos Internos de Control en la Administración Pública Federal capturan el estado procesal de cada uno de los asuntos que se encuentran a su cargo, informó el INAI a través de un comunicado. En respuesta, y respecto de la base de datos denominada Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidad, la SFP señaló que no cuenta con una versión pública de la misma, en virtud de que se trata de un sistema de control y seguimiento interno; por lo que la información tal y como la requiere la particular es inexistente. El particular apeló la respuesta mediante recurso de revisión ante el INAI que fue turnado a la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas. Durante la substanciación del presente asunto, se advirtió que en el Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades, los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal capturan la información de los procesos de responsabilidad administrativa instaurados en contra de servidores públicos, así como la información relativa al servidor o servidores públicos que forman parte del mismo. Asimismo, en la revisión del asunto, se solicitaron dos opiniones a la Dirección General de Tecnologías de la Información del INAI para que examinara los recursos del Sistema de Procedimientos Administrativos. En sus dictámenes, la referida Dirección General del INAI señaló que es técnicamente viable extraer la información y generar una versión pública de la base de datos MySQL del Sistema, mediante la herramienta tecnológica conocida como MySQLWorkbench, que es de acceso fácil y gratuito. Incluso manifestó que si se deseara generar una versión pública de la base de datos, prácticamente podría elaborarla cualquier persona con conocimientos estándar en informática y sistemas, y que la tarea no requeriría altos consumos de procesamiento o de recursos informáticos. El comisionado Acuña Llamas expuso ante el Pleno que después de cuatro diligencias especiales, dos requerimientos adicionales de información y dos opiniones técnicas, “el sujeto obligado no puede eludir que existe factibilidad tecnológica para dar versión pública de ese sistema de control interno, que aunque sea de control interno, es un bien público”. Con base en las consideraciones técnicas vertidas, se concluyó que la Secretaría de la Función Pública se encuentra en posibilidad de generar versión pública del Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades. Por ello, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta del sujeto obligado y le ordenó entregar al particular versión pública del sistema, protegiendo los datos personales relativos al Registro Federal de Contribuyentes, la Clave Única de Registro Poblacional, sexo, domicilio particular y números telefónicos de particulares o de celular.