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-Transparencia y acceso a la información

 

 

Presidente colombiano fue espiado por inteligencia militar

Uno más uno

Redacción

24 de agosto de 2014

La inteligencia militar colombiana espió al presidente Juan Manuel Santos desde una oficina fachada del Ejército que operaba en esta capital, denunció el detenido ciberpirata Andrés Sepúlveda.

En una entrevista que publicó este domingo la revista Semana, el experto en informática, acusado de espiar el proceso de paz, señaló que desde el centro de inteligencia militar Andrómeda se interceptó el correo electrónico del mandatario.

“El objetivo era saber qué hacía el presidente, cómo lo hacía, cuándo lo hacía, desde su parte electrónica. Siempre me comentaron que a la hija de él también la habían chuzado, también sé que fue la gente de Andrómeda, dicho por ellos”, apuntó.

Aseguró que la oficina fachada desde la cual se hacía el seguimiento, “se terminó convirtiendo en uno de los brazos de información del uribismo”, sector que sigue al expresidente Álvaro Uribe, principal opositor del proceso de paz.

Sepúlveda, quien trabajaba para la campaña del candidato uribista, Óscar Iván Zuluaga, fue imputado en mayo pasado por los delitos de espionaje, acceso a sistemas informáticos, uso de software malicioso y violación de datos personales.

En su confesión a la Fiscalía colombiana, el ciberpirata admitió que traficaba con información de inteligencia y reveló entonces que Andrómeda fue una de sus fuentes de datos reservados.

Aseguró que decidió contar todo lo que sabe sobre el espionaje a los diálogos de paz entre el gobierno de Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) porque se cansó de “tener una cruz que no es mía”.

“Quiero que la gente sepa todo, y todavía falta muchísimo por conocerse, que no lo puedo decir todo ahora porque hay procesos investigativos en la actualidad, pero que la gente sí tenga claro algo, y es que yo voy a contar todo”, añadió.

Sepúlveda, quien fue detenido durante la pasada campaña presidencial en su oficina del norte de Bogotá, desde donde espiaba el proceso de paz, dijo contar con las pruebas suficientes para demostrar que no se está “inventando nada”.

 

 

 

–IFAI

 

Deben funcionarios entregar información que les solicitan: IFAI

El Occidental

Martha Elva González

25 de agosto de 2014

 

Ciudad de México.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) llamó a los funcionarios de la Administración Pública Federal (APF) «a no darle vueltas a la Ley» y entregar la información que les solicitan, sin manipular las excepciones que la misma considera, para ampliar el principio de máxima publicidad y el derecho de los ciudadanos.

Al comentar sobre el interés legítimo, de los familiares de un fallecido, de acceder a su expediente clínico, la comisionada Areli Cano, dijo que los expedientes contienen elementos que le son comunes, como por ejemplo, los genéticos y biológicos, así como, sobre vivencias compartidas, por lo que existe el interés legítimo.

Cano sostuvo que «el núcleo familiar es un ámbito en el que se desarrolla, un individuo y es crucial en la configuración de su identidad y en el desarrollo de su personalidad, por tanto, existe una esfera íntima común, que es accesible a quienes forman parte de una familia, por ser del interés de sus miembros, pues existe información que refiere no solo al fallecido, sino también a los miembros de su familia».

En este contexto, el IFAI ordenó a la Secretaría de Marina (Semar) poner a disposición de un ciudadano, copia simple del expediente clínico de su madre ya fallecida, porque ante la falta de respuesta, en materia de datos personales, él solicitó la revisión de su caso.

 

 

El amparo de Ebrard y el papelón del IFAI

El Universal

Irene Levy  (telecomunicando)

25 de agosto de 2014

 

 

1. La acción de inconstitucionalidad, que permitía solicitar a la Suprema Corte el análisis de congruencia y cabalidad entre los artículos de la LFTR y la Constitución. Esta era la vía idónea porque el Poder Legislativo hubiese podido abarcar en su petición a la Corte todos los preceptos inconstitucionales y no solo aquellos que corresponden a un ámbito de competencia limitado, como era el caso del Instituto Federal del Acceso a la Información, que únicamente podía inconformarse por los

relacionados con la transparencia y la protección de datos personales. De cualquier manera, como le anticipé, ninguna instancia competente interpuso acción de inconstitucionalidad en el plazo previsto, así que esta vía ha quedado inerte.

 

2. La controversia constitucional, que se interpone también frente a la Corte, pero solo por invasión de facultades. En este caso es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) el que debe hacerlo a más tardar el 10 de septiembre. La cuestión es que no podrá solicitor que se declaren inconstitucionales aquellos preceptos que, aunque lo

sean, no le afecten sus atribuciones. Por ejemplo, a pesar de que consideren que lo relativo a la localización geográfica de los equipos móviles vulnera derechos fundamentales, no podrían solicitar su inconstitucionalidad a la Corte porque no invade sus atribuciones, lo que sí hace el artículo 114 de la LFTR, entre otros preceptos, que establece la facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

de opinar sobre las prórrogas de concesión que otorga el Ifetel, mientras que la Constitución no le concede esa función a la SCT. Como ve, este recurso judicial es más limitado que la acción que pudo haber presentado el Legislativo.

 

3. El juicio de amparo indirecto, que pueden presentar los particulares ante los juzgados especializados en competencia económica y telecomunicaciones contra los artículos inconstitucionales que, por el simple hecho de entrar en vigor, ya podrían causar un daño; el plazo vence el 12 de septiembre o bien puede también interponerse con el primer acto de aplicación del artículo considerado inconstitucional.

 

El día de hoy, Marcelo Ebrard con las firmas de una veintena de personas entre las que se encuentran las de los diputados federales Malú Mícher y José Angel Ávila, así como de los diputados de la Asamblea Legislativa del DF Vidal Llerenas y Adrián Michel, interpondrán un amparo en su carácter de ciudadanos contra los artículos 189 y 190, fracciones I y II de la LFTR, que establecen la obligación de los concesionarios y autorizados (los operadores móviles virtuales, por ejemplo) de colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la geolocalización de los equipos móviles, así como de llevar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de línea, bajo cualquier modalidad, que permitan identificar diversos datos personales como nombre, tipo de comunicación (datos, voz o video), origen y destino, fecha, hora y duración, entre otros. Estos datos deberán ser conservados durante 24 meses para ser entregados a las autoridades competentes cuando lo requieran. El amparo sostiene que estos artículos dan una facultad demasiado amplia, general e ilimitada a la autoridad para solicitar a las empresas llevar a cabo la geolocalización, vulnerando los derechos a la protección de los datos personales, a la vida privada, a la legalidad, a la seguridad jurídica y al debido proceso.

 

En un claro apoyo al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que con motivación más política que jurídica interpuso una acción de inconstitucionalidad contra estos artículos y que fue desechada por improcedente —y con razón— por la Suprema Corte de Justicia, ya ese órgano solo puede inconformarse contra leyes locales del DF y no contra leyes federales, Marcelo Ebrard ha decidido entrarle al polémico tema de las telecomunicaciones y, de pasada, evidenciar el

lamentable papelón que hizo el “nuevo” IFAI que, con argumentos pusilánimes sostenidos por cuatro votos en contra de la acción (los de Kurczyn, Acuña, Monterrey y Puente) y tres a favor (Salas, Cano y Guerra), decidió no interponer la acción abdicando así de su facultad primordial: la defensa de los derechos fundamentales de los mexicanos, y de su principal atributo: su autonomía.

 

La idea de Ebrard es que se sigan sumando, entre hoy y el 12 de septiembre, más firmas ciudadanas al amparo “colectivo”. Así, aunque existen otros artículos que igualmente pudieron ser impugnados en el amparo de Ebrard y que desafortunadamente no incluyó, será muy relevante lo que la Corte defina respecto de estos preceptos que sí tienen tintes de inconstitucionalidad y que precisamente con la intervención del IFAI se hubiese logrado que nuestro máximo tribunal al menos acotara sus alcances.

 

Solo resta esperar a que el Ifetel defina si irá o no el 10 de septiembre por la controversia constitucional, no lo descarte usted. Las reacciones virulentas de algunos columnistas y articulistas, que se publicaron después de mi entrega pasada en la que menciono que el Ifetel debe interponer la controversia o quedará anulado, son reveladoras. Todas sostienen que aquellos que apoyamos este juicio, buscamos un

enfrentamiento entre las diversas autoridades, vamos, una explicación más bien de telenovela, pero ninguno de ellos se ha atrevido a sustentar que jurídicamente NO procede la controversia, con lo que asumo que consideran que sí es procedente y su gastritis es de origen emocional más que racional. Por otro lado, la reacción en cadena contra esta posibilidad y las últimas e intensivas críticas hacia el Ifetel, así como los ataques personales (repito, nunca tocan ningún argumento jurídico), dejan ver que aún nadie descarta que el Instituto presente la controversia; si estuvieran seguros de que no lo hará, no invertirían tanta tinta contra los que la impulsamos.