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-Reforma en telecomunicaciones

IFE pide definir impactos electorales de telecom

El Universal

Carina García

26 de febrero de 2014

Esto ante la posibilidad de vacíos legales que pudieran abrir la vía para no aplicar restricciones electorales en los nuevos canales multiplexeados y en las señales restringidas. El Instituto Federal Electoral (*IFE*) pidió al Congreso precisar en las reformas secundarias de la reforma político electoral las obligaciones que los concesionarios de radio y televisión tienen en la materia y establecer los alcances y efectos electorales del must-carry y must-offer.

 

Esto ante la posibilidad de vacíos legales que pudieran abrir la vía para no aplicar restricciones electorales en los nuevos canales multiplexeados y en las señales restringidas. El Instituto identificó al menos seis problemáticas a resolver en las leyes secundarias electorales y de telecomunicaciones, ambas actualmente en proceso de ser reguladas por el *Poder Legislativo*.

 

De acuerdo a la nota técnica del *IFE *enviada a los actores políticos, incluida la Secretaría de Gobernación, para abordar diversas temáticas, entre ellas la de telecomunicaciones, se pidieron precisiones.

 

Entre ellas clarificar, por ejemplo, si las nuevas señales multiplexeadas tendrán las mismas obligaciones de transmisión de los mensajes que, como parte de los tiempos del Estado bajo administración exclusiva del Instituto, éste ordene transmitir sobre partidos, candidatos y autoridades electorales.

 

Además «es importante que se definan los alcances y efectos electorales del must-carry y must-offer, ya que una señal abierta que se retransmite en un sistema de televisión restringida, puede difundir contenidos electorales y propaganda gubernamental de territorios diversos».

 

Otro punto en el que se pide precisión consiste en señalar si estas señales multiplexeadas también deberán acatar las mismas restricciones-que las señales originales- para no difundir propaganda gubernamental en periodos electorales, por ejemplo.

 

En su documento, los consejeros recordaron que la reforma electoral de 2007-2008 que dio origen al actual modelo de comunicación política-que prohíbe a toda persona u organización distinta al IFE comprar o difundir mensajes electorales en radio y televisión- disminuyó la influencia del dinero en las campañas y la capacidad adquisitiva de espacios mediáticos, lo que permite más equidad en la competencia política.

 

Por eso «resulta prioritario que la legislación secundaria preserve el espíritu de este modelo de comunicación política» con medidas que precisen las obligaciones, en materia electoral, de las nuevas señales multiplexeadas que han surgido pro la transición al modelo de Televisión Digital Terrestre.

 

También se pide establecer si las restricciones en materia de acceso a radio y televisión con fines electorales establecidas para las señales radiodifundidas (televisión abierta) serán extensivas a los canales de paga.

 

Se recomienda -de acuerdo al documento- establecer mecanismos de control para evitar que a través de redes públicas de telecomunicaciones, se difunda propaganda electoral durante periodos prohibidos, además de tomar provisiones «que hagan compatibles las normas relativas al must-carry y must-offer con aquellas relativas a los bloqueos».

 

Es decir, que se pueda o no, pero que se establezca en la ley, si existirá la obligación de los concesionarios de colocar spots diferenciados, es decir, que puedan realizar bloqueos de la pauta nacional, para que a nivel estatal, regional o municipal, puedan transmitirse otras versiones de spots, alusivas a contendientes del estado o municipio respectivo.

 

También se solicitó tomar en cuenta «algún mecanismo de coordinación» entre el Instituto Nacional de Elecciones (INE); el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación para de manera conjunta verifiquen que se cumpla la ley electoral en el acceso a la radio y/o televisión, tanto abierta como restringida.

 

En la misma línea, debe valorarse «la posibilidad de que así como existe un catálogo de radio y televisión con señales radiodifundidas, con fines electorales, haya uno igual para servicios de carácter restringido».

 

De manera adicional se pidió a los legisladores tomar en cuenta si se incluye en la ley o no, en aras de garantizar una competencia equitativa, la obligación de que se proporcione tiempo aire para difundir spots de candidatos independientes y para difundir los temas y las posturas entorno a las consultas públicas.

-Leyes secundarias

Piden ampliar criterios para preponderancia

El Economista

Claudia Juárez Escalona/El Economista

27 de febrero de 2014

El Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), junto con un grupo de expertos, elaboró una propuesta de legislación secundaria en materia de telecomunicaciones, entre lo que destaca: determinar en forma clara las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), diferenciación de conceptos como preponderancia y poder sustancial de mercado, así como una política de contenidos y su eventual regulación.

 

En materia de preponderancia y dominancia de agentes económicos y su regulación, el documento —en el que participaron 15 especialistas— expone que el concepto de preponderancia no debe regirse en términos porcentuales, 50% o más del mercado, y que la Constitución no está siendo explícita en cuanto a su temporalidad.

 

Establece también la propuesta de política relativa a transparencia, sobre todo en lo que a criterios y decisiones técnicas se refiere. Ésta consiste en conocer los razonamientos que norman el actuar del propio Ifetel; transparentar los procesos de definición de los precios de interconexión; transparentar los principios para la administración y asignación del espectro radioeléctrico. Así como establecer foros para discutir metodologías, técnicas y experiencias de mecanismos, designaciones y procesos, y realizar estudios a partir de comisiones conformadas por especialistas y autoridades de impacto y evaluación de la política pública instrumentada —por ejemplo— en materia de análisis de la concentración vertical y horizontal de las industrias de radiodifusión y telcos.

 

En el tema de desincorporación de activos, los analistas sugirieron establecer normas de carácter regulatorio, metodología, criterios y etapas de implementación, al igual que regímenes de conformación de políticas públicas del sector, previo proceso de consulta pública, a darse a conocer y publicarse ampliamente.

 

También que haya normas y procesos de conformación de las políticas públicas por parte del Ifetel, las cuales contemplen análisis costo-beneficio y demuestren que los beneficios de las políticas son superiores a sus costos de implementación.

 

Asimismo, se sugirió que las políticas públicas del Ifetel se sujeten a evaluaciones periódicas de operación e impacto.

 

Se reconoció que existe un problema de transición al modelo de concesión única. La legislación contiene un elemento de alta inconsistencia al establece que la concesión se regirá por un modelo único; sin embargo, después especifica que puede tratarse de una concesión privada, pública, de uso social o no social.

 

CONFORMACIÓN JURÍDICA

El panel alertó sobre los posibles problemas en la conformación jurídica de la legislación de cara a su implementación. Se mencionó que la Constitución incluye mecanismos, conceptos, procesos y facultades que, en el corto plazo, terminarán por ser obsoletos.

Propusieron dar a la legislación y a las autoridades elementos y facultades generales que permitan a la autoridad ajustarse a las transformaciones propias de la industria.

De igual manera, los procesos de relicitación, dijeron, tampoco están claramente especificados. La recomendación es establecerlos claramente en la legislación reglamentaria como facultad del Instituto.

 

EJES DE LA PROPUESTA DEL CEEY:

La propuesta del CEEY y expertos en materia de telecomunicaciones delinea ocho ejes en regulación del sector, licitaciones y políticas para incentivar la competencia.

 

REGULACIÓN DEL SECTOR, FACULTADES, TRANSPARENCIA E IMPLEMENTACIÓN JURÍDICA

  • Claridad en las facultades del Ifetel para regular el comportamiento de las compañías públicas (como la que se busca controle la red mayorista de la banda de 700 MHz).

  • Transparencia en las competencias del regulador en materia de compartición de postes eléctricos, venta de fibra óptica, regulación del roaming, identificación de segmentos industriales para fines de determinar la “preponderancia”, administración y asignación del espectro radioeléctrico y determinación de tarifas de interconexión.

 

PREPONDERANCIA Y DOMINANCIA DE AGENTES ECONÓMICOS Y SU REGULACIÓN

  • El concepto de preponderancia debería regirse sólo en términos porcentuales (50% o más del mercado).

  • Se sugiere que las obligaciones que se impongan en materia de preponderancia tiendan a ser similares a las que se imponen con una declaratoria de dominancia.

  • La legislación secundaria debe establecer una distinción explícita entre preponderancia y poder sustancial de mercado.

 

DESINCORPORACIÓN DE ACTIVOS

  • Debe reglamentarse la exposición de análisis costo-beneficio, los cuales demuestren que las políticas públicas en este rubro son superiores a sus costos de implementación.

  • Las políticas públicas del Ifetel deben sujetarse a evaluaciones periódicas de operación e impacto.

 

POLÍTICA PARA FOMENTAR LA COMPETENCIA

  • Deben homologarse los procedimientos de competencia que tendrá a su cargo el Ifetel con los de la Cofece, puesto que la legislación en materia de competencia ya incluye los conceptos adecuados conforme a las mejores prácticas y doctrina en la materia.

  • Política de banda ancha, red compartida mayorista y banda de 700 MHz.

  • Se sugiere que todas las redes de comunicación del Estado funcionen como carrier de carriers (que presten servicio al mayoreo a los demás concesionarios).

  • Debe existir la posibilidad de separación vertical para el Estado, con el fin de evitar incentivos de desplazamiento vertical por parte de agentes públicos que sean muy difíciles de regular ex post.

 

POLÍTICA SATELITAL

  • Se sugiere establecer de manera jurídica un derecho de preferencia de concesión para aquella compañía o empresa que logre obtener una órbita satelital en negociaciones internacionales.

 

INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA, MUST CARRY Y POLÍTICA DE CONTENIDOS

  • Se debería establecer una política de alfabetización mediática, así como instrumentar una serie de facultades para el Ifetel en la materia.

  • No se debe tergiversar el espíritu de la figura de must carry y must offer homologando contenidos y publicidad a lo largo del país. Debe considerarse la diversidad de las audiencias, las preferencias de los consumidores locales y el contenido de la publicidad regional.

 

LICITACIONES DE ESPECTRO, CONCESIONES ÚNICAS Y CRITERIOS PARA SU OTORGAMIENTO

  • Las asignaciones de red no deberían gestionarse mediante un simple mecanismo de subasta, sino con un modelo integral de administración que implique el seguimiento a las obligaciones impuestas al concesionario y la incorporación de incentivos para el despliegue y desarrollo de la red.Facultades concurrentes, coordinación interinstitucional y arquitectura del Ifetel

  • Se sugiere insertar en la ley procesos y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas para el órgano regulador en cuanto a resoluciones públicas, sesiones públicas y regulación de proyectos.

 

INICIATIVA EN TELCOS LLEGARÍA A DIPUTADOS

El paquete de iniciativas que el Ejecutivo federal confecciona como parte de la reforma a la legislación secundaria pendiente en materia de telecomunicaciones llegaría en breve a la Cámara de Diputados.

 

Purificación Carpinteyro Calderón (PRD), secretaria de la Comisión de Comunicaciones de la Cámara Baja, informó que muy probablemente será en San Lázaro donde inicie la discusión del tema para aterrizar la reforma constitucional que el Constituyente permanente aprobó el año pasado.

 

De ser el caso, la Cámara Baja fungirá como Cámara de origen, y tocará al Senado de la República desempeñar el trabajo que corresponde a la Cámara revisora.

 

En entrevista vía telefónica, Carpinteyro Calderón comentó que desde el pasado martes corrió la especie de que las iniciativas estaban por llegar al Congreso de la Unión, lo que asegura que pronto se debatirá al respecto.

 

La propuesta del presidente Enrique Peña Nieto de legislación secundaria incluiría modificaciones a 11 leyes vigentes, divididas en 300 artículos y 17 títulos, para garantizar cobertura universal, precios accesibles y calidad de los servicios.

 

Según la enmienda constitucional en materia de telecomunicaciones aprobada en el 2013, entre los principales objetivos destacó fortalecer las tecnologías de la información y los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones en México, dado que constituyen una herramienta que favorece la productividad y el crecimiento económico.

 

La iniciativa de reformas a siete artículos de la Constitución en la materia, que el presidente Peña Nieto turnó a la Cámara de Diputados en marzo del año pasado, fue suscrita por los coordinadores de los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM —Manlio Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García, Silvano Aureoles Conejo y Arturo Escobar, respectivamente— así como 336 diputados federales, cuyo respaldo agilizó su concreción. (Con información de Rolando Ramos.)

-Actores preponderantes

Grupo Salinas pide se regule a AMX como preponderante

El Universal

Carla Martínez

26 de febrero de 2014

Como parte de la regulación asimétrica para Telmex y Telcel, filiales de América Móvil, Grupo Salinas propone que las tarifas y paquetes de estas empresas sean autorizados por el regulador antes de entrar en vigor

 

TV Azteca solicitó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que regule a América Móvil (AMX) como agente económico preponderante.

 

«Grupo Salinas, de manera formal y respetuosa, sometió el día de hoy propuestas puntuales al Instituto Federal de Telecomunicaciones, para regular al grupo de interés económico al que pertenecen Telmex y Telcel, en su condición indiscutible de preponderancia en las telecomunicaciones de nuestro país», informó la empresa en un comunicado.

 

Como parte de la regulación asimétrica para Telmex y Telcel, filiales de América Móvil, Grupo Salinas propone que las tarifas y paquetes promocionales de estas empresas sean autorizados por el regulador antes de entrar en vigor, que desagreguen sus ofertas y las ofrezcan a terceros en forma transparente y no discriminatoria.

 

También pidieron que no haya «discriminación entre llamadas según la red de destino».

 

Por otra parte, la empresa de Ricardo Salinas Pliego destacó que América Móvil tiene como participante de su mercado a Dish, por lo que no podría aprovechar los beneficios de la reforma.

Pide Azteca regulación asimétrica para Telmex y Telcel

El Sol de México

Salvador Guerrero

27 de febrero de 2014

Ciudad de México.- El director de asuntos regulatorios de Grupo Salinas, Eduardo Ruiz Vega, señaló que propondrá al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), que para hacer eficiente y manejar un terreno parejo para los participantes del sector, se aplique una regulación asimétrica para Telmex y Telcel una vez que deben ser declarados preponderantes en el sector de la telefonía fija y móvil y banda ancha fija y móvil.

 

El ejecutivo del Grupo Salinas solicita al Ifetel revise lo concerniente a tarifas, comercialización, No Discriminación y Desagregación del Bucle Local, entre los elementos que el Ifetel debe regular con particularidad a los preponderantes

 

TV Azteca presentó propuestas puntuales al Instituto Federal de Telecomunicaciones, para regular al grupo de interés económico al que pertenecen Telmex y Telcel, en su condición indiscutible de preponderancia en las telecomunicaciones del país.

 

Y es que argumenta que según fuentes internacionales, Telcel, es dueña de más del 70 por ciento del mercado mexicano de telefonía móvil; Telmex conserva, después de más de d20 años de privatización, el 80 por ciento del mercado de telefonía fija, y en materia de acceso de banda ancha (Internet), Telmex y Telcel reinan con el 75 por ciento del mercado.

 

Resulta evidente, diko en entrevista con los medios de comunicación que a todas luces y bajo cualquier criterio, que el grupo de interés económico propiedad del magnate, Carlos Slim, es un agente preponderante en México. Las cifras oficiales de diversas autoridades, analistas de mercados y organismos internacionales, como la OCDE, así lo sustentan.

 

La intención de esta propuesta dijo, es coadyuvar en la labor del órgano regulador de las telecomunicaciones mexicanas, que habrá de concluir a más tardar el próximo 9 de marzo, por lo que resulta imperativo que al poder de Telmex y Telcel se le aplique la regulación asimétrica prevista en la Constitución.

 

El ejecutivo sostuvo las tarifas que se cobran a la población impactan, directamente, en los bolsillos de las familias mexicanas. Por ello, cada tarifa, y paquete promocional, del Preponderante, debe estar sujeto a la autorización del Regulador de las Telecomunicaciones.

 

En cuanto a la comercialización, dijo que el actor preponderante debe desagregar sus ofertas y ofrecerlas a terceros en forma transparente y no discriminatoria.

 

Asimismo, el preponderante debe cumplir con la ley, no más discriminación entre llamadas según la red de destino.

 

En cuanto a la desagregación del Bucle Local, expuso que uno de los principales lastres que nos ha impuesto el monopolio, y que hoy ha sido ordenado por la Constitución. Se acabaron las excusas, todas las empresas podrán ofrecer servicios a todos los mexicanos.

 

Además, Ruiz Vega señaló que la empresa satelital Dish no podrá aprovechar los beneficios de la Reforma Constitucional, una vez comprobados sus orígenes.

 

 

Más rounds televisoras-Dish

El Universal

Alberto Barranco

27 de febrero de 2014

A escasos días de vencerse el plazo de ley para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones declare o recule si hay preponderancia de alguna empresa en el ámbito de telefonía fija, móvil y televisión abierta, el activismo de las compañías del ramo está adquiriendo perfil de campal

 

Como usted sabe, las firmas en el banquillo son Teléfonos de México, es decir América Móvil y Telcel en el primero y segundo ámbitos, y Televisa en el tercero. Carlos Slim y Emilio Azcárraga Jean en el banquillo. De acuerdo a las reglas que se afinarán con las leyes secundarias de la reforma de telecomunicaciones, de darse el señalamiento las empresas estarían obligadas a desincorporar algunos de sus activos, y en el caso concreto de Telmex, compartir su red con tarifas fijadas por la autoridad. Regulación asimétrica, pues.

 

En el caso de Televisa, el escenario punitivo apuntaría a la venta de su participación en alguna o algunas de las empresas de televisión de paga en que participa, es decir la firma de televisión directa al hogar Sky, Cablevisión y media docena de las cableras más poderosas.

 

Sin embargo, a diferencia de las telefónicas en que los mercados los segmentó la Comisión Federal de Competencia, ya interconexión, ya enlaces delicados, ya terminación en llamadas, ubicar la preponderancia de una televisora no es tarea fácil. El punto fino hablaría de audiencia, lo que colocaría en la picota a la empresa de Emilio Azcárraga Jean, quien ha presumido por años de tener el 70% de los aparatos de TV con su señal.

 

Sin embargo, sus cabilderos están hablando ahora de que se trata, sí, del 70% … pero de los aparatos encendidos, con la novedad de que aún en horas pico el 30% está apagado. Televisa, pues, tendría el 70% del 70% del mercado… es decir menos de la mitad reclamada para tener hegemonía. La asidera, pues, del Ifetel, de darse crédito al argumento, sería la publicidad.

 

Ahora que la solución salomónica esperada por tirios y troyanos sería que se le modifique el Título de Concesión a Teléfonos de México para que pudiera ofrecer servicio de video… lo que lo colocaría en automático como el enemigo a vencer a la hora de licitarse las dos cadenas nacionales de televisión abierta ofrecidas. Más allá, la firma del magnate Carlos Slim estaría en opción de hacer efectivo el compromiso pactado con la empresa de televisión satelital Dish para tomar el 51% de su capital.

 

Sin embargo, en la posibilidad las televisoras han endurecido su guerra en la mira de que se le retire la concesión a la televisora por supuesta simulación de su verdadera relación con la empresa de la familia Vargas. La presunción es que el empresario aportó los recursos para integrar la oferta de Dish, firmándose desde entonces un pacto para adquirir el 51% del capital, lo que le daría injerencia en las decisiones.

 

Ahora que en la carambola, de reconocer a Telmex como agente predominante y en paralelo darle cauce a la opción de TV abierta o de paga, y concretándose oficialmente su integración con Dish, la firma no tendría derecho a la gratuidad para subir los canales de Televisa o Televisión Azteca. En el escenario con perfil de ring, se acusa abiertamente al ex presidente de la Comisión Federal de Competencia, Eduardo Pérez Motta, de favorecer la causa de Telmex.

 

En el río revuelto se alude al recule de la instancia a una multa por mil millones de dólares que se le había impuesto a Telcel, la firma de telefonía móvil de la casa, por reincidencia en prácticas monopólicas relativas, a cambio de compromisos, que se asegura no han sido cumplidos. En la carambola, se acusa también de parcialidad al expresidente de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, Mony De Swan, además de aludirse a los negocios que realizó con Peter Bauer, hoy abogado de Dish.

 

La arena, pues, está caliente, en un marco en que Teléfonos de México, reacio tradicionalmente a responder golpe por golpe, está publicando desplegados para intentar clarificar su alianza con Dish, señalando que los contratos y los compromisos pactados los conocían desde hace años las autoridades. Del otro lado de la mesa, Televisión Azteca amenaza con demandar penalmente al presidente de la televisora satelital, Ernesto Vargas. El fuego crecerá en los próximos días.

 

Balance general

De acuerdo al grupo de expertos que integran el observatorio económico denominado “México ¿cómo vamos?”, el semáforo del país se mantiene en rojo, en un escenario en que la productividad se ha deteriorado gravemente. En la expectativa de un crecimiento anual de entre seis y siete por ciento la economía creció el año pasado en solo 1.07%, con un cuarto trimestre de solo 0.64 y un promedio anualizada de 0.7.

 

Y frente a la exigencia de crear entre 1.2 y 1.5 millones de empleos al año para empatar el crecimiento de la población en edad de trabajar, durante los últimos 12 meses se crearon solo 422 mil 254 plazas, con la novedad de que en la que va lleva el año solo han surgido cuatro mil 228.

 

Y si le seguimos, la inversión conjunta del país, que en el ideal debía llegar a entre el 24 y el 26 por ciento del Producto Interno Bruto, alcanzó apenas el 21.4 durante el tercer trimestre del año pasado. Mientras la privada se sitúa en un rango de 17.2 por ciento, frente a la necesidad de alcanzar entre 19 y 20, la pública alcanzó 4.28 frente al entre cinco y seis exigido.

 

De banquero a consejero

La sorpresa la dio el ex presidente de Bancomer y accionista mayoritario de la línea aérea de bajo costo VivaAerobus, Roberto Alcántara, al ser nombrado consejero independiente del grupo multimedia español Prisa. Dirigente del Grupo Toluca y media decena de empresas de transporte de pasajeros, el ex banquero tendrá voz y voto en las decisiones del emporio que edita el diario El País, pero no participaría el capital. El grupo ibérico facturó el año pasado dos mil 200 millones de euros, el 20% de los cuales se generaron en América Latina.

 

Gol a Larrea

La noticia es que es tercer Tribunal Colegiado de lo Civil del Primer Circuito ratificó la decisión de un juez de anular la asamblea extraordinaria de accionistas del Grupo Aeroportuario del Pacífico convocada por el Grupo México de Germán Larrea Mota Velasco, en su carácter de tenedor del 32.5% de las acciones de la serie B, emitidas por el emporio en el mercado.

 

En la asamblea se había votado por no ratificar un contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología que mantenían desde la privatización de los aeropuertos los accionistas de control, es decir las empresas españolas Aena y Abertis y un grupo mexicano. De acuerdo al tribunal de la causa, el Grupo México no cumplió los requisitos legales para convocar a la asamblea, entre ellos el pasar por alto una resolución judicial que lo impedía. La sentencia de éste es inapelable.

 

Más Slim en NYT

Colocado tradicionalmente como el posible postor para adquirir diarios nacionales en problemas, el magnate Carlos Slim acaba de reforzar su participación en el capital del rotativo estadounidense The New York Times, convirtiéndose, junto con Proto Organization, en el principal accionista. Su porcentaje alcanza al 19% del capital, empatado con la familia que ha mantenido tradicionalmente el control. Los Ochs-Sulzberger, sin embargo, serán quienes determinen la línea editorial. El presidente de Proto es Alessandro Proto.

Telmex debe ser declarado dominante: Grupo Salinas

El Economista

Caludia Juárez Escalona/El Economista

27 de febrero de 2014

Grupo Salinas solicitó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) que regule asimétricamente a Telmex y Telcel por la dominancia que tienen en los mercados.

 

Específicamente pidió que se regulen las tarifas, la comercialización, trato no discriminatorio y la desagregación del bucle local, pues “son elementos que el Ifetel debe regular con particularidad a los preponderantes”.

 

Dio como referencia que Telcel detenta más de 70% del mercado mexicano de telefonía móvil; Telmex conserva 80% del mercado de telefonía fija y, en materia de acceso de banda ancha, ambas empresas poseen 75% del mercado.

 

“Resulta evidente, a todas luces y bajo cualquier criterio, que el grupo de interés económico propiedad del ingeniero Carlos Slim es un agente preponderante en México”, manifestó.

 

De acuerdo con Grupo Salinas, cada tarifa y paquete promocional del preponderante debe estar sujeto a la autorización del Ifetel; en materia de comercialización, el preponderante debe desagregar sus ofertas y ofrecerlas a terceros en forma transparente y no discriminatoria.

 

Asimismo, sugirió al regulador que el agente preponderante debe cumplir con la ley: no más discriminación entre llamadas según la red de destino.

 

En desagregación del bucle local, consideró que éste es uno de los principales lastres que ha impuesto el monopolio.

 

“En esta coyuntura histórica, el grupo Telmex-Telcel tiene a un nuevo y manifiesto participante: Dish. La empresa satelital no podrá aprovechar los beneficios de la reforma constitucional, una vez comprobados sus obscuros orígenes”, advirtió.

 

Eduardo Ruiz Vega, director de cumplimiento regulatorio, dijo que Telmex, Telcel y ahora Dish, deberán ser regulados asimétricamente y sujetarse a procedimientos de autorización.

 

El ex comisionado de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones aseguró que la declaratoria no es sino la formalización de lo que ocurrió muchas veces en competencia económica, en cuanto a que ya han sido declarados dominantes.

 

El próximo 9 de marzo vence el plazo constitucional del Ifetel para que emita las resoluciones que le estableció la Constitución, como la declaratoria de agentes preponderantes en telecomunicaciones y radiodifusión.

 

Grupo Salinas ha denunciado que Telmex y Dish sostienen una concentración indebida que afecta a la competencia.

 

Recientemente se dieron a conocer unos documentos en los que se habla de que Telmex analizaba una opción de compra para adquirir una participación accionaria en Dish México.

 

Se consultó a Dish acerca de la solicitud de regulación asimétrica que solicitó Grupo Salinas, pero declinó opinar al respecto.

La guerra de las televisoras en 14 puntos

Milenio Jalisco

Milenio Digital

26 de Febrero de 2014

Desde que Telmex pidió al gobierno federal el permiso para que en su título de concesión se le permita ofrecer el servicio de televisión restringida, Televisa y Televisión Azteca han estado pendiente de los movimientos de la empresa de Carlos Slim.

 

La batalla de las televisoras en contra de Telmex se intensificó cuando la empresa de telefonía anunció que realizaría una alianza con Dish para ofrecerle el servicio de facturación.

 

Desde entonces inició la guerra entre Telmex, Dish, Televisa y Televisión Azteca.

Cronología

1.- En la administración de Carlos Salinas de Gortari, el gobierno federal vendió al consorcio conformado por South Western Bell y Frace Telecom, la paraestatal Teléfonos de México.

2.- La venta de Telmex estuvo condicionada a tres aspectos: 1) el control accionario debía quedar en manos de mexicanos, 2) la empresa debía generar las condiciones de mercado para terminar con el monopolio y 3) la empresa debía demostrar que generaría ingresos

 

3.- El título de concesión le prohibió a Telmex ofrecer el servicio de televisión restringida.

 

4.- En 2008, Telmex informó que a partir de ese año ofrecería a Dish, empresa de televisión satelital, el servicio de facturación de servicios.

 

5.-  En 2009, Telmex pidió que se le cambiara el título de concesión para poder ofrecer el servicio de televisión restringida.

 

6.- En junio de 2013, el gobierno de Enrique Peña Nieto promulga la reforma de telecomunicaciones. La cual consideró la creación del Instituto Federal de Telecomunicaciones, como órgano regulador del  sector.

 

7.- Después de que el Congreso de la Unión aprobó la reforma, Dish tomó la señal de los canales de televisión abierta  7 y 13  de Televisión Azteca; así como la de los canales 2, 5 y 9 de Televisa para retransmitirlas en sus canales.

 

La empresa de televisión satelital dijo que la retransmisión de señales está considerada en la reforma, al considerar las figuras del must carry y must offer.

 

8.- Televisión Azteca y Televisa acusan a Dish de lucrar con la retransmisión de estos canales de televisión. Argumentaron que al hacerlo viola la Constitución y los derechos de autor.

 

Febrero, mes estratégico para las televisoras

9.- Televisa y Televisión Azteca pidieron al Instituto Federal de Telecomunicaciones resolver el caso de la retransmisión de señales que empezó a realizar Dish, después de que se aprobó la reforma.

 

10.- En los medios de comunicación se publicó que Telmex mantenía una alianza encubierta con Dish para explotar su título de concesión.

 

De comprobarse Telmex violaría los principios de su concesión hasta perderla.

11.- El día 11, el presidente del IFT informó  que un juez de lo civil invadió las competencias del órgano regulador, al prohibirle pronunciarse en la caso de la retransmisión de señales.

 

En este contexto, se especuló en los medios informativos que detrás de la decisión del juez 32 estaba una televisora sin que se presentarán argumentos que probaran la acusación.

 

12.- El día 13, la  Presidencia de la República interpuso una controversia constitucional al considerar que el juez extralimitó sus facultades  y que corresponde al IFT resolver el caso de la retransmisión de señales.

 

13.- El día 18, la ministra de la Suprema Corte, Olga Sánchez Cordero dio entrada a la controversia constitucional de la Presidencia y reconoció las facultades del IFT.

14.- El día 21, el IFT resolvió que la retransmisión de los canales 2,5, 7 y 13 debe realizarse de manera gratuita, sin afectación al usuario.

 

De entrar Telmex al mercado de la televisión, en automático se convertiría en la competencia directa de Televisa y Televisión  Azteca, empresas que desde hace seis años iniciaron una batalla de acusaciones en contra de la empresas del magnate Carlos Slim.

Grupo Salinas pide a IFT declare dominantes empresas de Slim

Milenio Jalisco

Susana Mendieta

26 de Febrero de 2014

 

Grupo Salinas presentó ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) una nueva solicitud, pero en esta ocasión para pedir que se declare como agente preponderante en el sector de telecomunicaciones a las compañías telefónicas Telmex y Telcel, ambas propiedad del empresario Carlos Slim.

 

La empresa afirmó que las tarifas, comercialización, no discriminación y desagregación del bucle local son temas prioritarios del instituto y que debe regular con particularidad a los agentes preponderantes.

 

En conferencia, el director de regulación de Grupo Salinas, Eduardo Ruiz Vega, comentó que resulta imperativo que al poder monopólico de Telmex y Telcel se le aplique la regulación asimétrica prevista en la Constitución.

 

La regulación asimétrica consiste en dar obligaciones especiales y limitaciones a agentes económicos dominantes en cierta industria.

 

Grupo Salinas presentó formalmente ante el IFT las sugerencias con el propósito de coadyuvar en la labor del regulador de las telecomunicaciones mexicanas, que habrá de concluir a más tardar el próximo 9 de marzo, de acuerdo con la reforma constitucional.

 

El pasado 24 de febrero, la empresa de Ricardo Salinas Pliego presentó ante el IFT una denuncia por concentración prohibida en contra de los agentes que participaron en la alianza entre Dish y Telmex desde 2008.

 

En aquella ocasión, Grupo Salinas comentó que es un hecho evidente que Dish y Telmex, conjuntamente y por años, han invertido en activos, explotado la concesión satelital otorgada a Corporación de Frecuencias Satelitales, propiedad de Dish, así como diversos activos de Telmex destinados a la comercialización de servicios de telecomunicaciones.

Grupo Salinas pide regular a AMX como preponderante

El Informador

El Universal/LRAV

26 de febrero de 2014

TV Azteca solicitó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que regule a América Móvil (AMX) como agente económico preponderante.

 

«Grupo Salinas, de manera formal y respetuosa, sometió el día de hoy (miércoles) propuestas puntuales al Instituto Federal de Telecomunicaciones, para regular al grupo de interés económico al que pertenecen Telmex y Telcel, en su condición indiscutible de preponderancia en las telecomunicaciones de nuestro país», informó la empresa en un comunicado.

 

Como parte de la regulación asimétrica para Telmex y Telcel, filiales de América Móvil, Grupo Salinas propone que las tarifas y paquetes promocionales de estas empresas sean autorizados por el regulador antes de entrar en vigor, que desagreguen sus ofertas y las ofrezcan a terceros en forma transparente y no discriminatoria.

También pidieron que no haya «discriminación entre llamadas según la red de destino».

 

Por otra parte, la empresa de Ricardo Salinas Pliego destacó que América Móvil tiene como participante de su mercado a Dish, por lo que no podría aprovechar los beneficios de la reforma.

Piden a Ifetel regular a Telmex y Telcel

El Economista

Claudia Juárez Escalona/El Economista

26 de febrero de 2014

Grupo Salinas solicitó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) que regule asimétricamente a Telmex y Telcel.

 

Específicamente pidió que se regulen las tarifas, la comercialización, trato no discriminación y la desagregación del bucle local; “son elementos que el Ifetel debe regular con particularidad a los preponderantes”.

 

Dio como referencia que Telcel, detenta más del 70% del mercado mexicano de telefonía móvil; Telmex conserva 80% del mercado de telefonía fija, y en materia de acceso de banda ancha, ambas empresas poseen 75% del mercado.

 

“Resulta evidente, a todas luces y bajo cualquier criterio, que el grupo de interés económico propiedad del ingeniero Carlos Slim, es un agente preponderante en México”, dijo.

Regulación asimétrica para Telmex-Telcel

El Financiero

Rogelio Varela

27 de febrero de 2014

Ambas empresas son agentes preponderantes

A unos días de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que tiene como mandamás a Gabriel Contreras, emita reglas en materia de preponderancia, la gran incógnita es si al nuevo ente regulador le temblará la mano para crear un ambiente de mayor competencia en las telecomunicaciones.

Ni de lejos es un tema nuevo, y el mercado espera que tanto Telmex deHéctor Slim como Telcel de Daniel Hajj sean vistos por el IFT como agentes preponderantes en telefonía y banda ancha, tanto fija como móvil, y por ello deberían ser regulados asimétricamente.

Esto implicaría cambios para esa dos firmas en temas torales como son tarifas, comercialización, reglas de no discriminación y por supuesto en lo que se conoce en la jerga tecnológica como la desagregación del bucle local que no es otra cosa que el acceso a sus redes.

Por lo pronto, firmas como Grupo Salinas, de Ricardo Salinas Pliego,han salido a los medios a solicitar al IFT que el tema de la preponderancia sea la puerta de entrada para garantizar los cambios que busca la reforma en telecomunicaciones promulgada el año pasado y que ahora aguarda las reglas secundarias.

Y bueno, tal postura se basa entre otras cosas al hecho de que Telcel, es dueña de más del 70 por ciento del mercado mexicano de telefonía móvil, en tanto que Telmex conserva, después de más de dos décadas de privatización y apertura a medias del sector, el 80 por ciento del mercado de telefonía fija. La cosa no para ahí y en el rubro de banda ancha (Internet), Telmex y Telcel controlan dos tercios del mercado. Al tiempo.

La ruta del dinero

Sigue la entrega de reportes al cierre de 2013 y entre las empresas que han entregado buenos números anote a Gruma, que comanda Juan González. Hablamos de que el gigante de la harina de maíz y la tortilla logró ventas en el cuatro trimestre del año pasado por 13 mil 666 millones de pesos, en tanto que la utilidad de operación se situó en los mil 376 millones de pesos con un flujo libre (EBITDA) de mil 806 millones de pesos. Esto explica el alza extraordinaria que han tenido las acciones de Gruma en la Bolsa Mexicana de Valores al pasar el año pasado de 39.17 pesos a 98.78 pesos, un incremento del 152.2 por ciento.

Ahora que está en puerta el gran evento del vino mexicano que se llevará a cabo en Querétaro, le comento que a decir de Claudio Bortoluz, vicepresidente de Viñedos La Redonda, actualmente la industria vitivinícola está integrada por más de 90 bodegas y productores de uva para vino. Casi 90 por ciento de la producción se registra en los estados de Baja California y el 10 por ciento restante en Coahuila, Querétaro, Zacatecas, Guanajuato y Aguascalientes. Tal mercado también es seguido de cerca por la Sagarpa de Enrique Martínez, ya que en el país existen aproximadamente 3 mil 600 hectáreas de uva para vino, 110 productores y alrededor de 400 marcas, además que habrá que ponderar que el vino es el producto agroindustrial más globalizado del mundo, y de la producción de vino mexicano se exporta ya el 10 por ciento.

Sin duda una de las tareas más complejas que tiene en su haber la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) es el reordenamiento del crecimiento urbano que en las últimas tres décadas salió de control. De hecho, la dependencia al frente de Jorge Carlos Ramírez Marín es la primera instancia federal en la historia del país que tiene una encomienda semejante.  El lanzamiento del libro Pedro Ramírez Vázquez, Arquitectura, editado por Porrúa, va más allá del homenaje al creador de edificaciones icónicas como Ciudad Universitaria o la nueva Basílica de Guadalupe, pues plasma el interés gobierno de Enrique Peña Nieto para ejecutar una política urbana que rescate, rehabilite y haga funcionales los espacios públicos que requieren las ciudades, orientando la inversión pública e incentivando a la privada a los objetivos de mejora de calidad de vida como eje central de la paz social. El reto es enorme, pero con impactos muy importantes para la economía.

Proponen obligaciones a Telmex y Telcel

Reforma

Vania Guerrero

26 de febrero de 2014

Grupo Salinas envió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) un documento en el que se propone una serie de obligaciones con que deberían cumplir Telmex y Telcel en caso de ser declarados preponderantes en telecomunicaciones.

 

En conferencia telefónica, Eduardo Ruiz Vega, director de Cumplimiento Regulatorio de Grupo Salinas, indicó que la propuesta consiste en transparentar las tarifas de interconexión y la forma en que se integran los paquetes promocionales que ofrecen.

 

El directivo señaló que Telcel controla 70 por ciento del mercado de telefonía móvil, mientras que Telmex domina 80 por ciento de la telefonía fija, y, en conjunto, controlan 75 por ciento de la banda ancha fija y móvil.

 

Ruiz Vega declaró que habría que buscar también que el regulador identifique la experiencia que se ha dado en materia de interconexión.

 

Antes del 9 de marzo, el IFT tendrá que confirmar si Telcel, Telmex y Televisa, notificados en diciembre como posibles agentes preponderantes, lo son efectivamente. Además habrá de imponerles obligaciones específicas.

 

Grupo Salinas no envió sugerencias de obligaciones para el preponderante en radiodifusión, que podría ser Televisa. Ruiz Vega justificó que no cuentan con claridad sobre cómo funcionará en éste ambito.

 

«No sabemos cómo se va a instrumentar. Nos hemos dado a la tarea de buscar precedentes, pero todavía no tenemos una claridad que nos permita sentir que tenemos propuestas serias, sustentables, que merezcan llamar la atención del órgano regulador», expuso Ruiz Vega.

 

Comentó que la preponderancia en materia de radiodifusión no venía como tal incluida en la iniciativa original que planteó el Pacto por México y que fue incluida en los debates entre una y otra Cámara del Congreso.

Grupo Salinas propone obligaciones específicas para América Móvil

El Financiero

Ramiro Alonso

26 de febrero de 2014

CIUDAD DE MÉXICO.- Grupo Salinas presentará hoy ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) diversas disposiciones que, a juicio de la propia empresa, debe contener las obligaciones específicas que sean impuestas al agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones, que en este caso podría ser América Móvil con sus firmas Telmex y Telcel.

Eduardo Ruiz Vega, director de cumplimiento regulatorio de Grupo Salinas, explicó que la propuesta no representa una medida de presión al regulador, sino que constituye una de las mejores prácticas internacionales debido a que la mejor “fuente de información es la experiencia práctica”.

“Grupo Salinas va a presentar de manera formal y respetuosa ante el IFT una solicitud con propuestas concretas, respecto de temas nodales que a nuestro juicio deben ser atendidos de acuerdo con la reforma constitucional en materia de preponderancia”, dijo el directivo.

 

A grandes rasgos, la propuesta de la firma de Ricardo Salinas Pliegoconsiste regular precios al consumidor, así como transparentar tarifas de interconexión en mercados intemedios; también se solicita que se desagreguen las ofertas del operador y que se regulen las tarifas on net, off net.

La propuesta de Grupo Salinas también considera la desagregación del bucle local, una medida que establece obligaciones para el operador en los enlaces que conectan las casetas telefónicas y los hogares.

Según lo establecido por el decreto constitucional, antes del próximo 9 de marzo, el IFT emitirá las primeras declaraciones de preponderancia en telecomunicaciones y radiodifusión, con lo que es posible que tanto América Móvil como Grupo Televisa queden sujetos a regulaciones particulares para disminuir su dominio en los mercados donde operan.

“No tenemos la menor duda de que el grupo Telmex-Telcel será declarado preponderante, dado que tiene más de 70 por ciento de telefonía móvil (…), más de 80 por ciento de telefonía fija, cerca de tres cuartas partes del mercado de banda ancha, tanto fija como móvil”, dijo Ruiz Vega.

También confió en que una vez que se declare la preponderancia, el IFT también tome medidas orientadas a sancionar la relación entre Dish y Telmex.

“… Quedó expresamente claro que el preponderante va a pagar y eso nos da mucha tranquilidad, porque además la Constitución dice que si el preponderante se beneficia ilícitamente del must carry, must offer, tanto el preponderante como quien le facilite ese beneficio, además de pagar, perderán su concesión y nosotros creemos que en ese supuesto se han ubicado Dish y Telmex y eso nos tiene muy tranquilos”, indicó Ruiz Vega.

Aclara Telmex relación con Dish

Reforma

Staff

26 de febrero de 2014

Teléfonos de México (TELMEX), propiedad de Carlos Slim, dijo que presta servicios de facturación y cobranza a Dish México, y actualmente factura y cobra al 51.9 por ciento de los clientes.

 

En un comunicado enviado ayer a la BMV, Telmex indicó que celebró un contrato con Dish México por el cual cobra una comisión por la obtención de suscripciones a través de sus canales de distribución, que el año pasado representaron el 20.8 por ciento del total de las realizadas por Dish México.

 

Además, renta equipos, que representan menos del 8 por ciento de los arrendamientos y financiamientos que han realizado durante los últimos cinco años con clientes, incluyendo el financiamiento, desde 1999, de m´s de 3.8 millones de computadoras y renta de conmutadores, televisiones y equipos diversos de telecomunicaciones.

 

Indicó que en el futuro podría participar en una inversión conjunta con Dish, misma que estaría sujeta a la aprobación de las autoridades correspondientes.

 

La empresa de Slim destacó que la relación comercial con Dish y la posible inversión de hasta el 51 por ciento, conjuntamente con MVS y Echostar en Dish México, que eventualmente convenga a los intereses de Telmex, ha sido revelada desde el 2008 al público.

Telmex aclara relación con Dish México

El Financiero

Redacción

26 de febrero de 2014

Teléfonos de México (Telmex), empresa de Carlos Slim, informó que presta servicios de facturación y cobranza para Dish, y actualmente factura y cobra al 51.9 por ciento de los clientes.

“Celebramos un contrato con Dish México, por el que cobramos una comisión por la obtención de suscripciones a través de nuestros canales de distribución, que representaron en 2013 el 20.8 por ciento del total de las realizadas por Dish México”, dijo Telmex en un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores.

Agregó que maneja equipos que representan menos del 8 por ciento de los arrendamientos y financiamientos que ha realizado durante los últimos 5 años con clientes, incluyendo el financiamiento, desde 1999, de más de 3.8 millones de computadoras y el arrendamiento de conmutadores, ruteadores, servidores, software, televisiones y equipos diversos de telecomunicaciones y tecnologías de la información.

 

Previó que en el futuro podría participar en una inversión conjunta con Dish, pero estaría sujeta a la aprobación de las autoridades mexicanas correspondientes.

La compañía remarcó que la relación comercial con Dish y la posible inversión de hasta el 51 por ciento, conjuntamente con MVS y Echostar en Dish México, fue revelada desde el 2008 al público.

La disputa entre magnates

Homo Zapping

Autor Invitado

27 de febrero del 2014

Atrapados como estamos, informativa y editorialmente, por la reaprehensión de Joaquín Guzmán Loera, desde la mañana del sábado 22, pasó a un tercer plano que el Instituto Federal de Telecomunicaciones determinó que cualquier operador de servicios de televisión por cable o satelital, lo que incluye a Dish, puede retransmitir los canales 2, 5, 7 y 13 de televisión abierta “de manera gratuita y sin consentimiento expreso de los concesionarios de dichas señales”. Mas no los canales metropolitanos 9 (Televisa) y 40 (Televisión Azteca), pero aún en litigio jurídico del que no se informa por las partes en pugna. Ambas televisoras, como es sabido, constituyen el duopolio del ramo.

La resolución del pleno del IFT forma parte de los lineamientos para la retransmisión de señales de televisión abierta en tv restringida, y el consejero presidente Gabriel Contreras dijo que los primeros entrarán en vigor al día siguiente de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

El viernes 21, en sesión extraordinaria, el pleno del IFT le dio la razón a Dish, pero también dejó abierta una investigación sobre el cumplimiento de la relación entre la compañía de MVS y Teléfonos de México, después de un escándalo generado la semana pasada por la existencia de un presunto documento secreto sobre una opción de compra del consorcio del magnate Carlos Slim a Dish México, a través de Comercializadora de Frecuencias Satélites,  de Joaquín Vargas.

El importantísimo revés para los consorcios que presiden Emilio Azcárraga Jean y Ricardo Salinas Pliego implicará que sólo Televisa deje de percibir, según el diario Reforma, 1,400 millones de pesos anuales, pero está supeditado aún a la decisión que tome la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la controversia interpuesta por Los Pinos, debido a un amparo otorgado por el Juzgado 13 de distrito en materia civil que establece: El IFT “carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de los canales”.

En este nuevo capítulo de la guerra entre monopolios y trasnacionales aztecas no sólo está en juego muchísimo dinero, además del abaratamiento de un servicio que, según el IFT, la competencia provocó una baja del 44 por ciento en las cuotas a los suscriptores, lo que los usuarios de los servicios telefónicos también desean suceda en ese sector, sino sobre todo la viabilidad de materializar el espíritu y la letra de la reforma en telecomunicaciones que, casi un año después, sigue pendiente la legislación reglamentaria, la famosa como decisiva letra chiquita, cuya ausencia ya abatió la inversión para el presente año en alrededor del 30 por ciento en comparación con 2013, cuando según Javier Tejado Dondé, director de Información de Televisa, era el sector de mayor dinamismo en crecimiento e inversión.

Aprobada el 10 de junio de 2013, la Ley Federal en Telecomunicaciones estableció el punto de partida hacia una industria con mayor competencia, pero aún faltan los decisivos y complejos detalles, por los intereses que afectará, sobre cómo se implementará.

Todo indica que la apuesta oficial es a que la ley secundaria sea aprobada por el Congreso en el período ordinario de febrero a abril del presente año. Otras voces afirman que la reforma es tan significativa que los magnates de las telecomunicaciones podrían apostar a que la letra chiquita quede en la indefinición. O mejor aún, que se formule en términos tan ambiguos que el poder del gran capital la incline hacia uno u otro bando a la hora de dirimir litigios, o bien que la eficaz capacidad de manipular a los televidentes obligue al gobierno federal a ceder ante unos u otros de los gigantescos intereses en pugna.

Acuse de recibo

Advertencia del lector Praxedis Lescrenier: “¡Aguas con Banamex! Ni se les ocurra hacer una inversión a plazo fijo porque te dicen una cosa y al final te dan puros palos, como la canción. Te dicen que es un plazo de seis meses y cuando se cumplen te salen con que los meses de ellos son de 35 días. O sea, tienen un calendario propio, No es gregoriano, ni maya, ni oriental; es su calendario Banamex que está diseñado para engañar a los depositantes. Su voracidad no tiene límite. Aguas, otra vez”… Fuera de control, Leo Zuckermann espetó a Javier Tello “¡Guácala!”, tras evidenciar la noche del 30 de enero en La Hora de Opinar, notable incapacidad para discutir sin enojarse, sobre el encuentro de Enrique Peña con Fidel Castro. Sin embargo, el empleado de Azcárraga dijo ser “un demócrata liberal”. Sobre todo cuando se pone y defiende sin recato la camiseta del consorcio valuado en 17 mil millones de dólares… El martes 25 fue presentado el Libro 1. Cronología, de la obra La izquierda mexicana del siglo XX. El autor es Gerardo Peláez Ramos, acucioso investigador que por desgracia no logra rebasar el importantísimo pero insuficiente trabajo cronológico. ¡Felicidades! al buen Gerardo. El volumen de 508 páginas contiene ensayos de Enrique Semo, Marcos Leonel Posadas y María de la Luz Núñez Ramos.

Claves para entender el conflicto Dish-Telmex, Televisa y TV Azteca

Animal Político

Jesús Romo

26 de febrero de 2014

El sistema de televisión satelital Dish, controlado por MVS y EchoStar, protagoniza junto con Telmex, Televisa y TV Azteca,  un conflicto que tiene sus raíces en 2008 por tres temas esenciales: retransmisión de señales de TV abierta en sistemas de paga (nombrado en el ámbito como must carry/must offer), derechos de autor sobre los contenidos retransmitidos, y la relación que sostienen la telefónica y el sistema satelital, cuya legalidad ha sido puesta en entredicho por las televisoras.

 

En la opinión pública, esos son los tres ejes del conflicto, pero no son los únicos. Una cuarta dimensión que ha figurado poco en el debate es el reparto del mercado de televisión restringida en el que saldrían beneficiados los dos principales operadores satelitales, Dish y Sky (éste último perteneciente a Televisa), y que afectaría a empresas más pequeñas, como los operadores de cable locales.

 

Desde inicios de febrero, en medios como la primera emisión de Noticias MVS, o El País) han cubierto una serie de acusaciones entre las partes que se ha centrado en dos temas esenciales: la retransmisión de las señales de los canales 2 y 5 de Televisa y 7 y 13 de TV Azteca, además de una presunta asociación ilícita entre Dish y Telmex. Sin embargo, no son los únicos temas sobre la mesa.

 

La convergencia de intereses de cada empresa ha llevado a plasmar en la prensa dos grupos en esta “guerra de telecomunicaciones”: Dish y Telmex, de quienes, por ahora, se sabe que tienen un acuerdo mercantil para que el sistema de televisión se facture mediante el recibo del servicio telefónico, sin que eso implique participación accionaria. El otro bando está formado por Televisa y Azteca, únicos concesionarios de televisión abierta con presencia nacional, y dueños de Isuacell en una proporción de 50% cada uno.

 

Como un intento de hacer más entendible el enfrentamiento, Animal Político explica cada uno de los ejes principales del pleito, los argumentos de cada involucrado y lo que pueden ganar y perder en el camino.

 

1.      La naturaleza de la relación Dish-Telmex:

 

Prácticamente desde 2008, Televisa y TV Azteca han denunciado que Dish es una empresa que sirve para que Telmex ofrezca servicios de televisón de paga. La empresa de televisión satelital y la telefónica han sostenido públicamente que sólo tienen un acuerdo mercantil para ofrecer la facturación en el recibo de teléfono y para la contratación de este servicio en las tiendas de empresa propiedad de Carlos Slim. Además de eso, Telmex ha hecho pública su intención de comprar a Dish si las autoridades regulatorias mexicanas avalan el movimiento.

 

El 19 de febrero, el diario El Financiero publicó documentos filtrados que muestran una serie de contratos y cartas que dan a entender que no sólo existía una venta acordada, sino que Telmex tiene ciertas atribuciones sobre Dish, como el poder de auditoría sobre y veto en el Consejo Directivo. De comprobarse, el Instituto Federal de Telecomunicaiones (IFT) debería resolver si eso representa una relación más fuerte que la de un tratado mercantil de facturación, que podría ser sancionada hasta con el retiro de la concesión.

 

Hasta la fecha, ni Dish ni Telmex han señalado que los documentos sean falsos, pero tampoco el IFT ha declarado que los  documentos del “Proyecto Alpha”, que supuestamente es el resumen de contratos y cartas laterales que muestran la compra acordada, y las atribuciones de Telmex sobre Dish, sean verdaderos o tengan validez para evaluar la relación entre ambas firmas.

 

El IFT declaró el viernes 21 de febrero que algunos documentos de Dish y Telmex (como el convenio de facturación) figuraban en los archivos de la extinta Comisión Federal de Competencia, pero que no se encuentra información sobre una “compra amarrada” o las atribuciones de veto y auditoría.

 

¿Cuáles son las posturas de las partes en torno a la relación Dish-Telmex?

 

Lo que argumenta Dish: la única relación con Telmex es a través de un convenio de facturación.

 

Los “pros” para Dish: aún no se determina si los documentos del “Proyecto Alpha” constituyen una falta. La intención de compra por parte de Telmex se conoce desde 2011 por declaraciones públicas como publicó, por ejemplo, Bloomberg en 2011.

 

Los “contras” para Dish: el riesgo de revocación de la concesión si el IFT encuentra violaciones a la ley en el llamado “Proyecto Alpha”.

Lo que piensan Televisa-Azteca: Dish y Telmex tienen una relación más allá de lo mercantil. Dish es la extensión de Telmex para ofrecer televisión satelital.

 

Las posibles ventajas para Televisa y TvAzteca: que el IFT reconozca que hay información faltante sobre Dish-Telmex que se debe analizar.

 

Las desventajas: Aún no se ha establecido que los documentos sean reales o válidos para un procedimiento de investigación y sanción.

 

2.      Retransmisión o must carry-must offer

 

Desde una perspectiva simple, el enfrentamiento en este tema se resume a lo siguiente: Dish, que no tenía acceso a las señales de Televisa y TV Azteca, comenzó a transmitirlas a partir de septiembre de 2013 sin pagarles un solo peso. Antes de la reforma de telecomunicaciones, las televisoras tenían la libertad de imponer costos arbitrarios por sus señales, pero eso quedó sin efecto con los cambios en el sector.

 

La controversia que promueven hoy las televisoras es que Dish nunca les solicitó permiso para la retransmisión de las señales. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) anunció el 21de febrero que los canales que Dish y otros sistemas de televisión de paga pueden retransmitir de manera gratuita son el 2 y el 5 de Televisa, y el 7 y 13 de Azteca. Las demás señales de ambas televisoras deberán retransmitirse bajo un esquema de paga.

 

A la inconformidad de Televisa y Azteca por la apropiación de las señales, hay que sumar que ambas televisoras sostienen, desde hace años, que Dish es la plataforma de televisión de Telmex, un servicio que la telefónica tiene prohibido en su título de concesión debido a las restricciones que marca la ley.

 

El artículo octavo transitorio del decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones (página 224 de este documento) indica que aquellas empresas que tienen más del 50% de algún mercado de telecomunicaciones o radiodifusión no pueden beneficiarse directa o indirectamente del must carry-must offer gratuito en asociación con otras empresas.  El mismo decreto, en esa disposición transitoria, establece que quien se beneficie de la “regla de gratuidad”, estaría sujeto a la revocación de su título de concesión.

 

¿Cuáles son las posiciones de cada parte?

 

Los argumentos de Dish: la televisión abierta “es de todos”. No se requiere permiso para retransmitir señales abiertas.

 

Los pros para Dish: el IFT resolvió que no se requiere un acuerdo expreso para retransmitir los canales de más del 50% de cobertura nacional.

 

Los contras: Dish debe llegar a un acuerdo para pagar por los canales de Azteca y Televisa que no tienen más del 50% de cobertura, como Canal 9 y Proyecto 40.

 

Lo que argumentan Televisa-Azteca: nunca se formuló acuerdo para retransmitir señales. Dish y Telmex son aliados, por lo que, dicen, Dish no debe de tener el privilegio de retransmitir sus señales.

 

Los pros para las televisoras: pueden cobrar por retransmitir algunos de sus canales.

Los contras: no se ha comprobado la relación Dish-Telmex que los obligue a pagar por retransmitir. De comprobarse, las anteriores podrían ser sancionadas con la revocación de la concesión.

 

3.     Derechos de autor y la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones

 

El must carry-must offer no es la única vía por la que Televisa y TV Azteca intentan impedir que Dish tenga acceso gratuito a sus canales. Ambas empresas también apelan al Artículo 144 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

 

El artículo señala que los organismos de radiodifusión pueden prohibir expresamente la retransmisión de sus emisiones. No obstante, esa ley es secundaria y debe apegarse a la Constitución, que obliga a la retransmisión de las señales a partir de la conformación del IFT. Es decir, desde septiembre 2013. Esa disposición está marcada en los artículos octavo y décimo primero del decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.

 

La armonización del artículo 144 de la Ley Federal de Derechos de Autor, con lo que dispone el decreto de reforma en el artículo octavo transitorio, es un tema pendiente. Este hueco legal dio lugar a que el pasado 10 de febrero, el Juez 32 de lo Civil del DF, José Guadalupe Mejía, enviara un oficio al IFT para expresar que, en su opinión, dicho organismo no tenía facultades para resolver temas de derechos de autor.

 

Debido a que la nota del juez no tuvo origen en una sentencia ya dictada, el oficio no era vinculante. No obstante, el IFT pospuso el 12 de febrero su decisión sobre los lineamientos de must carry-must offer. Ello también dio origen a que la Presidencia de la República interpusiera una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para defender al IFT como la autoridad encargada de decidir sobre temas de retransmisión.

 

Aunque el fondo del caso no se resuelve aún, la Ministra de la Suprema Corte Olga Sánchez Cordero suspendió el oficio del Juez 32 para que el IFT pudiera emitir las reglas para la retransmisión de señales. Esas reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación después de que el viernes 21 de febrero fueron aprobadas finalmente, como se anunció en una rueda de prensa en esa misma fecha.

 

¿Cuáles son las posiciones de cada parte en el tema de los derechos de autor y la autoridad del IFT sobre la retransmisión?

 

Lo que piensa Dish: el oficio del Juez 32 no tiene validez porque el IFT es quien debe resolver en temas de retransmisión de señales.

 

Los pros para Dish: la suspensión del oficio y el acuerdo del IFT para la retransmisión de las señales, áun cuando no se ha armonizado la Ley Federal de Derechos de Autor con la Constitución.

 

Los contras: Aún no se resuelve el fondo de la controversia ni se armonizan las legislaciones.

 

Las consideraciones de Televisa y Azteca: retransmitir programación es una afrenta a los derechos de autor.

 

Los pros para las televisoras: Ninguna en apariencia, pero no se puede soslayar la dimensión de los derechos del autor en la retransmisión. Valdría la pena evaluar si las televisoras realmente representan a los autores o a ellos mismos como productores de contenido.

 

Los contras: Esta estrategia no logró postergar decisión en torno al must carry-must offer.

 

4.     La ventaja de Dish y Sky frente a los cableros regionales

 

En el estado actual de este conflicto, Dish mantiene una ventaja sobre una serie de actores que casi no son mencionados en la prensa: los cableros regionales.

 

La superioridad de Dish (y del sistema Sky) sobre otros sistemas de cable de zonas rurales o semi rurales reside en las características tecnológicas de la televisión de paga.

 

Mientras que una cablera regional en Nuevo León o en San Luis Potosí puede retransmitir gratis los canales de Televisa y TV Azteca, también debe incluir las señales de organismos federales (Canal Once, Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, TV UNAM, Canal del Congreso) y, además, los canales locales. Con ello tienen ya bastante carga sobre su capacidad de transmisión.

 

A estos costos hay que agregar los que generaría el cumplimiento del Artículo 12 de los Lineamientos generales de retransmisión, pues a partir de que este documento sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, quedarán obligados a retransmitir las señales de estos organismos. Si la señal no se encuentra disponible en el área de cobertura geográfica, tendrán que garantizar el transporte de esa señal a través de medios como fibra óptica o vía satélite o por cualquier medio que les permita cumplir con esta obligación. Dish y Sky están obligados a hacer lo mismo.

 

Estos dos operadores satelitales sólo deben retransmitir los canales de instituciones federales y aquellos que cubran más de 50% del territorio nacional; pero no están obligados a transmitir los canales locales por ser operadores satelitales, mientras que los operadores terrenales sí, como se establece en los Artículos 5 y 6 del documento de “must offer” y “must carry”. Dish y Sky tienen una ventaja por no tener que hacer espacio a dichas frecuencias y pueden destinarla a otros canales de programación. Por ello, el conflicto debe ser visto también a la luz de un reparto del mercado de televisión de paga entre dos actores satelitales con ventajas sobre las empresas regionales que ofrecen servicio terrestre.

 

Lo resuelto por el IFT en cuanto a los lineamientos generales de retransmisión agudiza esta ventaja para los concesionarios de televisión satelital restringida, pues se especifica que estos canales que cubren más del 50% del territorio nacional (2, 5, 7 y 13) sólo serán retransmitidos en las zonas geográficas en donde se puede sintonizar su señal. Si una señal de estos canales no cubre una población y comunidad determinada, el operador satelital no tiene derecho de retransmitir la señal gratuitamente de acuerdo al Artículo 6 de los lineamientos de retransmisión. No se establece una obligación de difundir la señal en esa población a través de un mecanismo similar al del Artículo 12, que busca garantizar la retransmisión de las señales de los organismos públicos referidos.

-Must carry y must offer

Restringe IFT señales de TV

El Universal

Carla Martínez

27 de febrero de 2014

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que Dish o cualquier empresa de televisión de paga vía satelital no podrá transmitir eventos públicos que sean en vivo en su propia localidad.

 

“Por ejemplo, digamos que el canal 13 tiene un partido del Morelia, en Morelia, y lo va a transmitir a nivel nacional, pero no en esa ciudad, debido a un acuerdo sobre derechos de autor que es muy conveniente para favorecer la entrada al estadio de ese equipo de fútbol, no lo va a transmitir en la localidad en directo, entonces no va a radiodifundirse el partido en esa ciudad, pero sí en el Distrito Federal”, explicó Fernando Borjón, comisionado del IFT en entrevista con EL UNIVERSAL.

 

Los lineamientos, que entraran en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), incluyen esta nueva regulación.

 

“Todos los concesionarios de televisión restringida vía satélite, deberán realizar, en la zona geográfica de que se trate, el bloqueo del contenido programático relativo a eventos públicos en vivo que no sean transmitidos por el concesionario de televisión radiodifundida en dicha zona durante el tiempo asignado para dicho evento en el canal de programación que corresponda”, indican los lineamientos sobre must offer y must carry del regulador.

 

Para estos efectos, la televisora deberá avisar a las televisoras (locales) sobre el bloqueo y al instituto con siete días de anticipación.

 

“Lo que hay que hacer es que el radiodifusor tendría que dar notificación para avisar de este caso y decir: necesitamos hacer que todos los decodificadores de Morelia, bloqueen a esta hora el acceso a este programa, porque en realidad no va a transmitirse, únicamente para televisión satelital, porque en la televisión abierta es más sencillo o tomas las señal radiodifundida, que es la misma señal, una señal nacional, y sencillamente se retransmite y, en esos casos, lo que suelen hacer es poner una película”, detalló Borjón.

 

Asimismo, las empresas de TV de paga vía satélite como Dish deberán informar a sus suscriptores sobre el bloqueo.

 

Los lineamientos sobre must offer y must carry permiten que Dish transmita los canales 2, 5, 7 y 13 de la televisión abierta; sin embargo, deberá bajar la señal del canal 9 que el instituto no consideró para su retransmisión.

 

“Todo esto entra en vigor al día siguiente de que se publique en el DOF, nosotros publicamos anoche los lineamientos, más no es la publicación final. La oficial es la del DOF, nosotros lo hicimos así a modo de información. Lo que pasa es que se publica y al día siguiente tiene efectos, entonces al día siguiente deberían de haber bajado este canal”, indicó.

 

Además de los lineamientos se incluye una lista de más de 130 mil localidades donde debe transmitirse cada canal de televisión, donde hay la obligación de transmisión, mencionó el comisionado.

 

Apoyan “carry one carry all”

 

En el caso de televisión restringida satelital, aplicable a Dish y Sky, se aplica la regla carry one carry all, mencionó el comisionado.

 

“Quiere decir que si llevas una señal radiodifundida de una ciudad, por ejemplo el canal 9 de la Ciudad de México, tendrás que llevar todos los canales de esa ciudad, el canal 2, 5, 7, 9, 4, 28, 34, para no poner en una condición de desigualdad a ninguno de ellos ni que se cree artificialmente un crecimiento en la cobertura de señal radiodifundida”, detalló Borjón.

 

Por otra parte, sobre los lineamientos generales, mencionó que la gratuidad se aplica en las zonas donde exista ese canal, de lo contrario habrá que pagar por él.

 

“Todos sólo van a poder transmitir la señal radiodifundida donde esa señal radiodifundida se entrega, es decir, si un canal de señal abierta, el 5, no se recibe en la población X, ese canal 5 no puede ser retransmitido gratuitamente en términos del must carry por ningún sistema de televisión de paga”, comentó.

Limita IFT señales de TV por vía satelital

El Universal

Carla Martínez y Miguel Pallares

27 de febrero de 2014

Los eventos públicos en vivo que no sean transmitidos por el concesionario de televisión abierta en una zona geográfica de México, no podrán ser retransmitidos por cualquier empresa de televisión de paga vía satelital en la localidad de origen, determinó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

 

Los lineamientos, que entrarán en vigor cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación (DOF), incluyen esta regulación:

 

“Todos los concesionarios de televisión restringida vía satélite, deberán realizar, en la zona geográfica de que se trate, el bloqueo del contenido programático relativo a eventos públicos en vivo que no sean transmitidos por el concesionario de televisión radiodifundida en dicha zona durante el tiempo asignado para dicho evento en el canal de programación que corresponda”, según se precisa en los lineamientos sobre must offer y must carry del regulador.

 

“Por ejemplo, el canal 13 tiene un partido de futbol del Morelia, en Morelia, y lo va a transmitir a nivel nacional, pero no en la ciudad sede, porque definió —por un acuerdo sobre derechos de autor— que es conveniente no transmitirlo en esa localidad en directo, a fin de favorecer la entrada al estadio de ese equipo de fútbol”, explicó Fernando Borjón comisionado del IFT en entrevista con EL UNIVERSAL.

 

Agregó que con base en ese ejemplo, el partido de futbol no va a radiodifundirse en esa ciudad, pero sí en el DF”. Para estos efectos, la televisora deberá avisar, con siete días de anticipación, a sistemas de paga sobre el bloqueo, así como al IFT.

 

Asimismo, las empresas de TV de paga vía satélite, deberán informar a suscriptores sobre el bloqueo.

 

Analistas consideraron que la regulación del IFT, que estipula el bloqueo de eventos de televisión abierta en las señales de televisión de paga vía satélite, puede ser impugnada por empresas como Dish, ya que no se consideró en la reforma.

 

“Es una excepción no prevista en la reforma constitucional y que, por lo mismo, podría ser susceptible para ser impugnada legalmente”, dijo el analista de telecomunicaciones, Gabriel Sosa Plata.

 

Comentó que, en el caso de Dish por ejemplo, esta empresa tendrá que hacer las inversiones y ajustes técnicos necesarios para cumplir con esta disposición, ya que de lo contrario sí podría ser demandado por retransmitir eventos deportivos que están prohibidos.

 

Se trata de un respeto para los concesionarios de televisión abierta, destacó la presidente de Observatel, Irene Levy, quien puntualizó que esta resolución es en beneficio de los derechos de autor y de la publicidad de los concesionarios de televisión abierta.

 

“Es una práctica internacional para no erosionar la asistencia a los eventos en los estadios o en cualquier evento”, comentó a su vez Ramiro Tovar, especialista en competencia del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

 

Indicó que se trata de maximizar las audiencias o la asistencia y “este instrumento de bloqueo se reconoce, porque es una práctica para que no entre en rivalidad con la asistencia de la afición”.

Agentes preponderantes deberán pagar por retransmitir TV abierta: Ifetel

Aristegui Noticias

Redacción

26 de febrero de 2014

Quienes sean declarados agentes económicos preponderantes, en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión, no tendrán derecho a la regla de gratuidad conocida como must carry-must offer, determinó el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

El Ifetel publicó en su página de internet los lineamientos generales sobre “must offer” y “must carry”, los cuales también serán difundidos en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con un comunicado, el pleno del Ifetel aprobó mediante un acuerdo, en sesión extraordinaria del pasado 21 de febrero, los lineamientos generales para la retransmisión de las señales de televisión abierta en los sistemas de televisión restringida.

Con ese acuerdo, el organismo estableció que los concesionarios de televisión de paga tienen la obligación de realizar la retransmisión de las señales de televisión abierta en la misma zona de cobertura geográfica, sin necesidad de contar con manifestación de voluntad por parte del concesionario de televisión radiodifundida.

Indica además que los concesionarios de televisión restringida terrenal están obligados a retransmitir la señal de televisión abierta sólo dentro de la misma zona de cobertura geográfica, de manera gratuita, simultánea, íntegra, incluyendo publicidad y sin modificaciones.

Mientras que para los concesionarios de televisión restringida satelital aplica la misma obligación, con la excepción de que sólo deben retransmitir obligatoriamente las señales abiertas que tengan 50 por ciento más de cobertura del territorio nacional, es decir, canales 2 y 5 de Televisa, 7 y 13 de TV Azteca.

Asimismo, la resolución establece que los concesionarios de televisión abierta o restringida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones no tendrán derecho a la regla de gratuidad.

En tanto que tampoco tendrán derecho a retransmitir la señal de televisión abierta de manera gratuita quienes hayan sido declarados agentes económicos preponderantes, lo cual no debe impactarse como costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores.

De igual forma, los concesionarios de televisión restringida deberán retransmitir todas las señales de las instituciones públicas federales de manera gratuita, como son las de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Instituto Politécnico Nacional (IPN), entre otras.

Finalmente menciona que los lineamientos aprobados establecen que será el propio organismo el que resolverá cualquier controversia con motivo de la aplicación de las disposiciones antes mencionadas.

Ifetel: límites a Dish y Telmex

Milenio Jalisco

Fernando Mejía Barquera

27 de Febrero de 2014

La lectura del documento que contiene los lineamientos para la aplicación del must carry-must offer, dado a conocer el martes por el Ifetel, y el cotejo de éste con el elaborado originalmente —sometido a consulta pública entre noviembre y diciembre de 2013— permiten observar cómo esa autoridad intenta conciliar los intereses de las principales empresas que se disputan los mercados de radiodifusión y telecomunicaciones: a todas ellas les da algo, pero también se los quita. Veamos.

 

Bloqueo de señales

El documento de lineamientos sobre must carry-must offer, que será publicado próximamente en el Diario Oficial, reitera, para enojo de Televisa y Azteca, que los canales 2, 5, 7 y 13 tienen una cobertura de 50 por ciento del territorio nacional y, por lo tanto, sus señales deben ser retransmitidas de manera gratuita por las empresas de televisión restringida vía satélite. Esto, obviamente, para satisfacción de Dish, que subió a su programación esos canales, además del 9, desde el año pasado (el 9, por cierto, deberá bajarlo).

 

Sin embargo, el Ifetel introdujo en el nuevo documento un par de restricciones que seguramente no son agradables para la filial de MVS. La primera es que los “eventos en vivo” transmitidos por canales de televisión abierta solo podrán ser retransmitidos por los sistemas de televisión satelital en el área geográfica donde aquellos se produzcan y deberán ser “bloqueados” en las demás zonas donde tengan cobertura.

 

Futbol protegido

Esto significa que si, por ejemplo, los canales 2, 5, 7 o 13 transmiten un partido de futbol que se realice en el Distrito Federal, Dish solo podrá retransmitirlo en esa localidad y deberá bloquearlo en todas las otras donde la empresa de la familia Vargas tenga cobertura.

Así lo establece el artículo 8 de los lineamientos donde se añade: “Para estos efectos, el Concesionario de Televisión Radiodifundida deberá comunicar en forma indubitable a los Concesionarios de Televisión Restringida Vía Satélite la solicitud de Bloqueo y dar aviso de ello al Instituto con al menos siete días naturales de anticipación a la realización de dicho evento (…) El Concesionario de Televisión Restringida Vía Satélite deberá informar oportunamente a sus suscriptores y usuarios del Bloqueo que corresponda mediante su Guía Electrónica de Programación”.

 

Opiniones de peso

La otra restricción consiste en que los sistemas de tv satelital solo podrán retransmitir señales de tv abierta en los lugares donde éstas sean también transmitidas de manera “radiodifundida”. Esto significa que si Dish tiene cobertura en una localidad donde no se transmita, por ejemplo, el Canal 5, no podrá retransmitir ahí esa señal.

 

En el documento que dio a conocer el martes, el Ifetel reconoce que “en la consulta pública… el Instituto recibió diversas opiniones respecto a la probable afectación a los derechos de autor (….) de tal modo que (…) analizó, valoró y consideró dichas opiniones y como resultado realizó adecuaciones al proyecto…”.

 

Entre las opiniones que el Ifetel consideró para realizar cambios a los lineamientos originales están, por supuesto, las de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, Tv Azteca y Televisa.

 

“Gratuidad” anulada

Por último son muy interesantes los artículos 7 y 14 de los lineamientos para  el must carry-must offer. En el primero se indica: “Los Concesionarios de Televisión Radiodifundida y/o los Concesionarios de Televisión Restringida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes, en los términos del Decreto y demás disposiciones aplicables, no tendrán derecho a la regla de gratuidad”. Y en el 14: “Los Concesionarios de Televisión Radiodifundida y Concesionarios de Televisión Restringida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes deberán acordar las condiciones y precios de los contenidos radiodifundidos o de la retransmisión en un plazo no mayor de 60 días naturales contados a partir de que alguno de ellos lo solicite. Transcurrido dicho plazo sin que las partes hayan celebrado el acuerdo o antes, si así lo solicitan ambas partes, el instituto determinará la tarifa bajo los principios de libre competencia y concurrencia”.

 

¿Gobierno o Ifetel?

Es decir, que si a Telmex se le deja, finalmente, participar en el mercado de televisión, se asocia con Dish y pasa a ser concesionario de televisión restringida, Dish ya no gozaría de la gratuidad para retransmitir señales abiertas. Tendría que pagar por ello y “ponerse de acuerdo” con Azteca y Televisa sobre el costo de esas señales. Si no hay acuerdo, el Ifetel fijaría las tarifas.

El Ifetel — ¿o el gobierno a través del “organismo autónomo”?— da y quita, trata de equilibrar, de “conciliar”.

-Atribuciones del IFETEL

El IFT busca cobertura total en TV

Excélsior

Redacción

27 de febrero del 2014

CIUDAD DE MÉXICO.- Al informar al Congreso de los criterios que marcarán su actuación en las tareas relacionadas con la reforma, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) adelantó que en la licitación de dos nuevas cadenas de televisión se buscará el funcionamiento eficiente de los mercados y la máxima cobertura nacional de los servicios.

En el Programa Anual de Trabajo para 2014, los comisionados del IFT agrupan bajo el nombre de “Agenda 180 días” las acciones derivadas de los cambios constitucionales que se aprobaron en 2013 y detallan que para asignar las futuras señales abiertas revisarán todos los títulos de concesión vigentes.

Además, se propone concluir la integración de reportes de cumplimiento de las obligaciones de títulos de concesión vigentes; identificar los incumplimientos de los concesionarios; requerir el cumplimiento de los títulos de concesión y depurar la base de datos del Instituto conforme a los expedientes existentes.

La “Agenda 180 días” incluye la determinación de agentes preponderantes en radiodifusión y telecomunicaciones, así como la imposición de medidas para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia.

Definiciones para el sector

Enviado por el comisionado presidente, Gabriel Contreras, el documento contiene las definiciones sobre las cuales se buscará regular el mercado en telecomunicaciones —acotando los monopolios— y las líneas de acción relacionadas con este objetivo destacando la de formular medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del agente preponderante en el sector.

Se puntualiza, por ejemplo, que “la preponderancia de agentes económicos se establece en función de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor a 50%, medido este porcentaje ya sea por número de usuarios, suscriptores, audiencia, el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas de acuerdo con los datos con que dispone el propio IFT”.

Buscan generar beneficios

En la agenda prevista para el primer semestre de 2014 se contempla la constitución del Registro Público de Concesiones, a fin de cumplir con uno de los artículos transitorios de la Reforma.

Los comisionados plantean que los títulos de concesión para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión —así como aquellos que involucran el uso, aprovechamiento y explotación de bienes del dominio de la nación—, son instrumentos que generan beneficios por contener información de interés público.

-Ley Federal de Consulta Popular

Tras once horas, aprobó el Senado, en lo general, la Ley Federal de Consulta Popular

El Sol de México

Bertha Becerra

27 de febrero de 2014

Ciudad de México.- Con 103 votos a favor, 10 en contra y una abstención, después de más de 11 horas de discusión, anoche al filo de las cero horas, el Senado de la República aprobó en lo general la minuta con modificaciones de la Ley Federal de Consulta Popular.

 

Y de inmediato se inicio la discusión de las reservas a los 65 artículos del nuevo ordenamiento, incluyendo los transitorios.

 

Esta controvertida minuta alcanzo el respaldo del PRI, PAN y PRD, después de que se establecieron modificaciones de último momento. Los votos en contra fueron de los senadores Dolores Padierna, Alejando Encinas, Lorena Cuellar, Ravindranath Salazar, Mario Delgado, Manuel Camacho, Raúl Morón y Fernando Mayans, del PRD, así como Manuel Bartlett y Anagabriela Guevara, del PT.

 

Por acuerdo de los presidentes de las comisiones dictaminadoras, el pleno avaló cambios al dictamen a efecto de preciar en el Artículo Quinto, que serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional.

 

Y en el articulo Sexto se establece que habrá trascendencia nacional en el tema propuesto para una consulta cuando contenga elementos que repercutan en la mayor parte del territorio e impacten a una porción significativa de la población.

 

Casi 5 horas llevó destrabar ayer las posiciones encontradas en la marcuerna PRI-PAN en el Senado de la República, por los candados a la Ley Federal de Consulta Popular, cuando finalmente, el Gobierno Federal, PRI y PAN llegaron a acuerdos en esta ley secundaria que reglamentará este procedimiento.

 

Después de un receso de 295 minutos, el pleno senatorial reinició anoche la discusión de la Ley Federal de Consulta Popular, después de que el gobierno federal por conducto del Consejero Jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos Cervantes, presentara 4 modificaciones sustanciales y que la fracción parlamentaria del PAN las aceptara.

 

Estas cuatro reservas implican dejar en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad de decidir si una reforma como la energética, es motivo de consulta.

 

1.- Se transcribe el Artículo 35 Constitucional para quedar en el 5º y 6º de la Ley Federal de Consulta Popular.

 

a).- La consulta no será solo para actos legislativos del Congreso.

 

b).- No será solo para actos administrativos del Ejecutivo.

 

c).- Será la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que determine si una reforma constitucional se puede consultar.

 

2.- Se elimina el requisito del Reconocimiento Optico de Caracteres (OCR), incluido en la credencial de elector, al considerar que es un elemento técnico muy complicado para los ciudadanos encontrarlo en la misma.

 

3.- Sólo el Instituto Nacional de Elecciones distribuirá tiempos oficiales para promover consulta. Esto es, se elimina la posibilidad de que los patrocinadores de la consulta puedan comprar tiempos para promoverla, lo que abriría la posibilidad de que el Ejecutivo o los partidos políticos pudieran adquirir espacios en radio y televisión en época electoral, al margen de los que otorgue el Instituto Electoral.

 

4.- Sobre las consultas:

 

a).- De ciudadanos: la Suprema Corte definirá si las preguntas son de trascendencia.

 

b).- Convocadas por el Congreso: la Suprema Corte definirá su constitucionalidad.

 

Como toda controvertida minuta, esta ley secundaria no estuvo exenta de exabruptos, y vicisitudes y posiciones encontradas por la mancuerna PRI-PAN y que tuvo que intervenir el gobierno federal para suavizar la áspera situación con las modificaciones que propuso y que aceptaron los del albiceleste.

 

A las 22 horas se abrió la discusión en lo general en la que se apuntaron 13 legisladores: Dolores Padierna del PRD; Manuel Bartlett Díaz, del PT; Javier Corral, del PAN; Raúl Morón, del PRD; David Penchyna, del PRI; Zoé Robledo, Fidel Demédecis, Lorena Cuéllar, Alejandra Barrales, todos del PRD; Pablo Escudero, del PVEM; Armando Ríos y Fernando Mayans, del PRD y Omar Fayad, del PRI.

 

* Larga y tensa sesión

 

Después de una hora y 25 minutos de que se abrió la sesión y 65 minutos de que se inició el debate del dictamen que expide la Ley Federal de Consulta Popular, al presentar el senador perredista Manuel Camacho Solís una moción suspensiva que se aprobó su discusión, por distracción de las bancadas del PRI y del PAN y el apoyo de las del PRD y PT, a las 15:35 se decretó un receso de dos horas hasta las 18 horas por el presidente de la mesa, el senador Raúl Cervantes Andrade.

 

Pero entre negociaciones, cabildeos, propuestas y contrapropuestas, se reanudó hasta las 20:30 horas.

 

Al medio día, por el PRI, desde su escaño, el senador Omar Fayad Meneses argumentó distracción, pero el PRD a través del senador Alejandro Encinas, afirmó que no hay reglamento que diga que por distracción se tiene que volver a realizar una votación.

 

El presidente de la mesa, el priísta Raúl Cervantes Andrade dio por aceptada la propuesta de discutir la moción por parte del líder de los legisladores perredistas Miguel Barbosa «para no incendiar el inicio del debate» y proponer un orador a favor y otro en contra».

 

En la tribuna, el senador Camacho Solís expuso que el dictamen que respaldan PRI y PAN busca cancelar un derecho democrático de los ciudadanos. «Cierra el paso a una consulta para que no haya consultas. Por defender la reforma energética, vulneran el sustento democrático del Estado».

 

Afirmó que el artículo que más prestigio da hoy al régimen mexicano es el artículo primero de la Constitución. «El apego a él es el que lo que le acaba de dar a la Suprema Corte de Justicia la distinción más alta que otorga la ONU en derechos humanos. Su contenido es el sustento del nuevo paradigma de la actuación del Estado y de la reforma judicial».

 

Advirtió: «Lo que van a hacer ustedes hoy es fracturar esa columna, ese sostén democrático del régimen. Ustedes saben que lo que se quiere aprobar hoy aquí es una Ley de Consulta Popular que hará imposible la consulta. Sin darse cuenta están lanzando un boomerang. Por defender la reforma energética, ustedes vulneran el sustento democrático del Estado».

 

w Consultar todo devendria en anarquía

 

En contra de la moción argumentó el propio senador Fayad Meneses quien dijo que «tenemos que pensar muy bien en las decisiones que vamos a tomar hoy y no olvidar que la Constitución establece que somos una democracia representativa, porque no podemos pensar que el dicho de que el gobierno es del pueblo y que el pueblo es el que manda, ustedes puedan admitir que ese dicho lo ejerza cada mexicano, porque eso llevaría a la anarquía, porque saben que eso es imposible, porque no podríamos reunir a 120 millones de mexicanos para cada decisión que quisiéramos tomar».

 

Afirmó que la consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana que el PRI impulsa decididamente. Y pidió retirar la moción suspensiva.

 

A favor, el senador perredista Alejandro Encinas, esgrimió desde la tribuna , que: Hay dos frases del senador Fayad que van a quedar en los anales de la Historia, dice: «…somos una democracia representativa y lo somos pero no podemos renunciar a ello, porque consultar al pueblo llevaría a la anarquía…».

 

Y le recordó lo que establece el Artículo 39 Constitucional: «…La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo el poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno…»

 

Es decir, nuestra democracia representativa se sustenta en la soberanía nacional.

 

Luego se sometió a votación y no se admitió la moción suspensiva.

 

* Voz de todos escuchada

 

Vinieron los posicionamientos de los presidentes de las comisiones unidas para presentar este dictamen.

 

«No tenemos duda de que queremos una democracia en la que la voz de todos pueda ser escuchada y tomada en cuenta», afirmó la senadora Arely Gómez González al presentar el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Consulta Popular, quien precisó que «la minuta que hoy presentamos establece dentro de los límites establecidos por la Constitución, los requisitos, procedimientos y mecanismos para hacer efectivo este derecho».

 

A nombre de la Comisión de Anticorrupción y Participación Ciudadana, la legisladora del PRI, manifestó que la minuta prevé que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tal y como lo dispone la Constitución, la que resuelva sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta popular sin que la ley restringa en forma alguna o establezca normas que pretendan acotar esta facultad.

 

Hizo énfasis en que no es posible establecer desde esta ley y por eso no se propone así, la procedencia de una consulta popular más allá de los parámetros que establece la Constitución.

 

Y la presidenta de la Comisión de Gobernación, la senadora priísta Cristina Díaz Salazar, desde la tribuna dijo que la consulta popular no debe entenderse como un mecanismo que sustituya las instancias de representación popular en los procesos de decisión colectiva sino como una figura complementaria de la democracia representativa porque a partir de ella habrá una expresión legal que indicará al Congreso de la Unión el sentir de la población o de la sociedad, en temas específicos que pueden generar polémica.

 

Del dictamen en cuestión, dijo que se ajusta a los principios constitucionales. «No puede ser de otra forma y no debe ser de otra forma. Los legisladores federales estamos obligados a apegarnos al texto de nuestra Carta Magna y esta Ley Federal de Consulta Popular no es la excepción».

 

Afirmó que «estamos ante un dictamen que va a marcar un paso adelante en la maduración de la democracia nacional. Los ciudadanos ya tienen el derecho constitucional a la consulta popular y ahora contarán con la reglamentación que va a marcar los parámetros de este ejercicio democrático».

 

* Viacrucis, laberinto burocrático

 

Y en su turno, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, el senador perredista Alejandro Encinas Rodríguez, difirió de lo que expresaron las dos legisladoras del PRI y resaltó que «hay seis temas puntuales en esta ley secundaria que limitan e impiden el ejercicio pleno de este derecho de los ciudadanos».

 

Afirmó que no es un derecho de los partidos políticos. Es un derecho de los ciudadanos mexicanos.

 

Dijo que es enorme la ruta, el viacrucis que tendrán que recorrer los ciudadanos para ejercer su derecho a la consulta popular.

 

«Lo que debiera ser un trámite sencillo para ejercer un derecho, lo meten en un laberinto burocrático en la intención de limitarlo». El dictamen -aseveró en la tribuna-, está diseñado para que no se ejerza ninguna consulta, ya no digamos en materia constitucional sino en cualquier asunto legislativo o administrativo en este país.

 

Dijo que en la bancada del PRD «estamos convencidos que esta ley no solamente tiene visos de inconstitucionalidad, viola tratados internacionales suscritos por el Gobierno»

El Congreso no podrá usar radio ni tv para impulsar una Consulta Popular

Excélsior

Redacción

27 de febrero del 2014

CIUDAD DE MÉXICO, 26 de febrero.- Tras cinco horas de receso, el PAN en el Senado exigió y logró cambios en la minuta del proyecto de Ley Federal de Consulta Popular para impedir, entre otros puntos, que el Presidente de la República, el Congreso o la misma ciudadanía, puedan usar tiempos oficiales para promocionar el sí o el no en una consulta popular.

Será el Instituto Nacional de Elecciones la instancia que, simplemente, impulsará la participación ciudadana en un ejercicio de este tipo.  “La socializará”, para que no existan ventajas electorales para nadie.

El senador panista, Roberto Gil Zuarth indicó que tampoco el Congreso y la ciudadanía podrán utilizar dichos medios para la consulta popular

El panista Roberto Gil, presidente de la Comisión de Justicia, detalló que “uno de los acuerdos que hemos tenido es que se le retire (al Ejecutivo) la facultad, la posibilidad, de hacer tiempos oficiales para promocionar una posición con respecto a la consulta, para promocionar incluso la propia consulta”.

Tampoco podrán los promotores de este ejercicio impulsarla en los medios con tiempos oficiales y ello, insistió Gil Zuarth, corresponderá exclusivamente al INE que será el encargado de “socializar” los temas incluidos en este tema.

Además, Gil Zuarth  anticipó que en este arreglo con los priistas se eliminan “algunas de las restricciones o requisitos formales para la acreditación de las cifras, específicamente este requisito que se puso en la minuta  del número de identificación de la credencial de elector  que es un número un poco complejo de hallar en las credenciales de elector”.

La sesión del pleno se reanudó al filo de las 20:30 horas y los votos en lo particular de los senadores perredistas Mario Delgado e Isidro Pedraza, así como del petista Manuel Bartlett, contra la Ley Federal de Consulta Popular, fueron escuchados por la mayoría priista panista y del Verde.