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Transparencia y acceso a la información

Protección de datos personales

Sanciones y lista negra para quienes violen datos personales

El Economista

Tania Rosas

13 de marzo de 2016

 

El Senado de la República prevé sanciones hasta por 109,560 pesos para quienes violenten el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, además de una lista negra pública sobre el incumplimiento de partidos políticos, fideicomisos, funcionarios, sindicatos, instituciones y empresas que reciban recursos públicos.

De acuerdo con el proyecto de dictamen de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que exhibieron las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Primera del Senado, los sujetos obligados que incumplan la ley serán exhibidos en los portales de obligaciones de transparencia del INAI y los organismos garantes locales, que deberán considerar estas faltas en todas las evaluaciones que lleven a cabo.

El INAI y los organismos garantes podrán imponer amonestaciones públicas o multas por la violación a la ley, equivalentes a la cantidad de 150 hasta 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (10,956 pesos a 109,560 pesos con el valor actual de 73.04 pesos de la unidad).

Las facultades del INAI y de los órganos garantes se fortalecerán, pues ante incumplimientos por parte de los partidos políticos deberán dar vista al Instituto Nacional Electoral o a los organismos públicos locales electorales de las entidades federativas competentes, para que resuelvan lo conducente, sin perjuicio de las sanciones establecidas para los partidos en las leyes aplicables.

Tendrán que informar al órgano interno de control del sujeto obligado relacionado cuando las infracciones sean cometidas por quienes manejan fideicomisos o fondos públicos.

“En aquellos casos en que el presunto infractor tenga la calidad de servidor público, el instituto o el organismo garante deberá remitir a la autoridad competente, junto con la denuncia correspondiente, un expediente en que se contengan todos los elementos que sustenten la presunta responsabilidad administrativa”, agrega el proyecto.

Establece como causas de sanción el usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar total o parcialmente y de manera indebida datos personales, que se encuentren bajo su custodia o a los cuales tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión.

También será causa de sanción dar tratamiento, de manera intencional, a los datos personales en contravención a los principios y deberes de la ley; obstruir los actos de verificación de la autoridad y crear bases de datos personales en contravención a lo dispuesto por la ley, entre otras causas.

Toda transferencia de datos personales, sea nacional o internacional, se encontrará sujeta al consentimiento de su titular y el Sistema Nacional de Transparencia contribuirá a mantener la plena vigencia del derecho a la protección de datos personales a nivel nacional, en los tres órdenes de gobierno.

Esta ley y la relativa a los archivos públicos son parte de las leyes secundarias en materia de transparencia que debieron concretarse hace un año, pero que la falta de consensos en el Senado ha obstruido que se procese.

Este martes, los coordinadores parlamentarios del Senado y de la Cámara de Diputados se reunirán para delimitar la agenda de prioridades para este periodo ordinario de sesiones que culmina en abril y se espera que esta ley esté en la lista.

 

 

 

 

Transparencia y acceso a la información

INAI

INAI ordena a la Sedena publicar expediente sobre Ostula

El Economista

Leopoldo Hernández

13 de marzo de 2016

 

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) deberá dar a conocer la versión pública de los partes militares de los hechos ocurridos en Ostula, Michoacán, el 19 de julio del 2015, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI).

En esa fecha, fuerzas federales agredieron a comuneros de Ostula, donde un menor de edad murió y cuatro personas más resultaron heridas, en la protesta de los pobladores por la detención de Cemeí Verdía, líder de los comunitarios.

El particular requirió los partes informativos que rindieron los comandantes a cargo de los uniformados, así como el elaborado por el comandante de la 21 Zona Militar; sin embargo, a través de la Procuraduría General de Justicia Militar, el sujeto obligado indicó que los documentos estaban reservados por 12 años, pues se encontraban dentro de una averiguación previa.

Mientras que el correspondiente a la Zona Militar dijo que no cuenta con la información porque el evento ocurrió en la jurisdicción de la número 43, en Apatzingán.

El particular interpuso recurso de revisión, por lo que la comisionada Areli Cano solicitó acceso a la información clasificada, pero la Sedena no presentó los documentos con el argumento de que “afectaría el curso de la indagatoria”.

A pesar de que tras analizar el caso se concluyó la procedencia de la clasificación por ser parte de una indagatoria, se consideró que los originales se encuentran en el Cuartel General de la 43 Zona Militar, por lo que no se aplica la reserva. Con cuatro votos contra tres, el pleno del INAI instruyó a la Sedena entregar versión pública de los documentos.

 

Transparencia y acceso a la información

INAI

Preparan lista negra por mal uso de datos

Excélsior

14/marzo/2016

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tendrá la obligación de integrar una lista negra de partidos políticos, fideicomisos, funcionarios, empresas privadas e instituciones públicas que utilicen, sin permiso, datos personales de los ciudadanos. Por ello serían sujetos de una multa de hasta 109 mil 500 pesos.

El proyecto de dictamen de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que hicieron público las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Primera del Senado, indica que el incumplimiento por parte de los sujetos obligados será difundido en los portales de obligaciones de transparencia del INAI y los organismos garantes locales, los que deberán considerar esas faltas en todas las evaluaciones.

El documento, que la presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, Cristina Díaz, hizo público y entregó a los integrantes de las comisiones que procesan ese tema, precisa que ante incumplimientos por parte de los partidos políticos, darán vista al INE o a los organismos públicos locales electorales de las entidades federativas competentes para que resuelvan lo conducente, sin perjuicio de las sanciones establecidas para los partidos en las leyes aplicables.

El proyecto precisa que en el titular de los datos personales o su representante legal podrá solicitar al responsable del uso de esos datos el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen.

El ejercicio de cualquiera de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro derecho.

Aclara que el encargado de usar datos personales deberá realizar las actividades de tratamiento de éstos sin ostentar poder alguno de decisión sobre el alcance o contenido de los mismos, así como limitar sus actuaciones a los términos fijados por el responsable.

 

Tarea legislativa

El presidente de la Cámara de Diputados, Jesús Zambrano, destacó la importancia de crear un grupo de trabajo en el legislativo con el objetivo de fortalecer los instrumentos legales acerca de transparencia y combate a la corrupción.

De tal manera, dijo, lo propone la Junta de Coordinación Política, lo cual ya fue avalado por el Pleno.

 

IGLESIA RESPALDA INICIATIVA

Luego de afirmar que México es uno de los países más corruptos, la Comisión Episcopal para la Pastoral Social manifestó su apoyo a la iniciativa 3 de 3, que busca erradicar y castigar la corrupción.

En el editorial del suplemento Eco Semanal, que forma parte del semanario católico Desde la fe, órgano de información de la Arquidiócesis de México, se afirmó que la corrupción es un mal lacerante y secular en la sociedad.

 

Transparencia y acceso a la información

 

INAI

INAI pide a Sedena entregar versión pública de los hechos en Ostula, Michoacán

MVS Noticias

Comunicado Oficial

13 de marzo de 2016

 

Los hechos ocurrieron el 19 de julio de 2015.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) entregar versión pública de los partes militares sobre los hechos acontecidos en Ostula, Michoacán, el 19 de julio de 2015.

Un particular solicitó a la Secretaría de la Defensa Nacional, los partes informativos que rindieron los comandantes a cargo de los soldados que participaron en los hechos, incluyendo el que rindió el comandante de la 21 zona militar.

En respuesta, la Sedena, por conducto de la Procuraduría General de Justicia Militar señaló que los partes rendidos por el comandante a cargo de los soldados que participaron en los hechos y de su superior jerárquico se encontraban reservados por 12 años, en razón de que estaban inmersos, en copia certificada, en una averiguación previa.

Asimismo, la dependencia, a través del Estado Mayor de la Defensa Nacional, aclaró que la 21 zona militar no contaba con información ya que los hechos se desarrollaron en la jurisdicción de la 43 zona militar, ubicada en Apatzingán, Michoacán.

Inconforme con la reserva e inexistencia de la información, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la Sedena debió hacer la búsqueda en la zona militar donde sucedieron los hechos.

Con el fin de contar con mayores elementos para resolver el caso, la ponencia de la comisionada ponente, Areli Cano Guadiana, celebró una audiencia, en la que se solicitó acceso a la información clasificada; sin embargo, los servidores públicos de la dependencia no presentaron los documentos, al considerar que se afectaría el curso de la indagatoria.

 

Transparencia

INAI

Debe PGR informar sobre casos de tortura recibidos: INAI

Quadratín Jalisco

Redacción

14 de Marzo de 2016

 

GUADALAJARA, Jal., 14 de marzo de 2016.- La Procuraduría General de la República (PGR) deberá buscar y dar a conocer el número de casos de tortura que ha recibido la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura por parte de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, del 28 de octubre de 2015, fecha en que se creó la Unidad, al 13 de enero de 2016, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). “Es necesario que la sociedad conozca el número de indagatorias que se han remitido a la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura, por parte de las diversas unidades administrativas de la PGR, a efecto de poder valorar su desempeño y, con ello, contar con información que permita apreciar los esfuerzos del Estado mexicano, que desde luego no dudamos que se están haciendo, para combatir el delito de tortura”, sostuvo la comisionada ponente, María Patricia Kurczyn Villalobos a través de un comunicado. Afirmó que, de acuerdo con el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del pasado 31 de diciembre, denominado Derechos Humanos en México, el estado que guarda la tortura en el país sigue siendo un desafío para todas las autoridades, ya que las cifras del Estado mexicano reportan que la PGR contaba, al mes de abril de 2015, con 2 mil 240 investigaciones en trámite y sólo 15 sentencias condenatorias a nivel federal por este delito. En respuesta al particular que solicitó ese y otros datos, la PGR señaló que sólo contaba con el registro de la Visitaduría General, que consta de 86 indagatorias (38 averiguaciones previas y 48 actas circunstanciadas) iniciadas a partir del 28 de octubre de 2015, fecha de creación de la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura. Precisó que en 78 casos, la denuncia se interpuso contra quien resultara responsable y en 8 indagatorias se denunció a 16 servidores públicos federales; 11, señalados como posibles elementos de la Policía Federal Ministerial. La dependencia argumentó que aún no cuenta con los datos de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad y la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, porque de conformidad con el Acuerdo A/101/2015, mediante el cual se creó la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura, los plazos con los que cuentan dichas áreas para entregar las indagatorias por la probable comisión del delito de tortura seguían vigentes. Inconforme, el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, turnado a la ponencia de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, mediante el cual manifestó que el número de casos reportados no coincide con los que ha dado a conocer la PGR en diferentes medios de comunicación. En alegatos, la dependencia reiteró que le era imposible proporcionar la información estadística requerida, toda vez que aún no se remiten todos los expedientes a la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura. En el análisis del caso, de conformidad con los transitorios del Acuerdo A/101/2015, se advirtió que a partir del 28 de octubre de 2015, fecha en que entró en vigor dicho Acuerdo, por el que se crea esa Unidad, la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito Servicios a Comunidad, previa validación contaba con un plazo de 30 días naturales para remitir los expedientes. En ese sentido, se determinó que al 13 de enero de 2016, fecha en la que se solicitó la información, la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura debía conocer los datos de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito Servicios a Comunidad. En relación con los datos de Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo y otras unidades administrativas, se verificó que el plazo para entregar los expedientes a la Unidad Especializada siguen vigentes, por lo que la dependencia no está obligada a conocer la información. Por lo expuesto, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la PGR y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva de la información en todas las unidades administrativas competentes, sin omitir a las antes referidas, a fin de que proporcione al particular el número de casos de tortura que ha recibido la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura por parte de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.