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Transparencia y acceso a la información

ITEI

Municipios aplican reglas de transparencia rezagadas

Diario NTR

Analy S. Nuño

25/enero/2016

 

La mayoría de las normativas en materia de transparencia de los Municipios fuera de la metrópoli permanece desactualizada desde hace varias administraciones, pese a que la ley los obliga a armonizar.

En los últimos años, a nivel nacional se han aprobado nuevas reglamentaciones en la materia que obligan a los ayuntamientos de todo el país a reformar sus leyes para adecuarlas a las nuevas normativas; no obstante, la mayoría de los Municipios fuera de la zona metropolitana continúa aplicando los reglamentos de hace 15 años.

Otoniel Varas de Valdez González, secretario relator del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (Itei), reveló que para las autoridades municipales no es relevante cambiar su normatividad, pero al aplicarla evidencian la desactualización de los reglamentos que ya no son utilizables e incluso son contradictorios.

“Muchos ayuntamientos, su normatividad municipal, sobre todo los reglamentos municipales, siguen trabajando con sus reglamentos como se los dejaron hace tres, cuatro, cinco administraciones. La mayoría de las veces en esa interpretación o saber cuál normatividad utilizan perjudican al ciudadano. El hecho de que no armonicen su ley o reglamento municipal genera contradicción en las leyes”, apuntó.

Advirtió que los Municipios están obligados a armonizar su reglamento municipal de transparencia con la ley recién aprobada, con la ley general e incluso con la propia Constitución; sin embargo, la mayoría no lo hace y quienes sí cumplen con esta obligación lo hacen mal y aprovechan la falta de revisión del Itei para favorecerse.

Tal es el caso de Tonalá, Municipio que respondió una solicitud de transparencia en 30 días pese a que la ley lo obliga a responder en un plazo de cinco días hábiles. Al ser notificado de una sanción por parte del Itei a consecuencia de la tardanza, justificó que su reglamento municipal le otorga 60 días y respondió dentro del plazo.

 

Falta de claridad

“La mayoría son ayuntamientos foráneos, hay varias capacitaciones regionales donde se les capacita en torno a qué es lo que tienen que modificar, en este caso el reglamento propio. Si no tienen reglamento, hay un reglamento marco para que se aplique y el instituto provee las medidas necesarias para que cumplan. Son bastantes sujetos obligados que trabajan con el reglamento marco”, dijo.

Otro de los temas a los que se enfrentan los solicitantes, agregó, es la falta de claridad en los reglamentos para ser aplicados, así como la negativa dolosa a entregar la información.

Detalló que negarse a entregar la información con intencionalidad es recurrente en Municipios de la zona metropolitana, los cuales aunque conocen bien la ley y la han armonizado, se niegan a entregar la información para evitar que salga a luz, incluso clasificándola como reservada.

“Lo vemos en todo el estado, lo que ocurre al interior del estado es que a veces no entregan por desconocimiento o porque siguen aplicando su primera ley de transparencia, y en zona metropolitana ocurre algo diferente, conocen la ley, la aplican, hacen proyectos para mejorarla o adecuarla, y se niega la información por otras razones, con intencionalidad”, expuso.

De Valdez González aseguró que la negación de información con intencionalidad es muy recurrente, pues incluso se han detectado casos en los que el sujeto obligado clasifica la información hasta de nombramientos para evitar perder juicios laborales.

 

 

 

 

 

Transparencia y acceso a la información

Diagnósticos sobre transparencia

MC acusa opacidad de la SSPDF con nuevo reglamento

El Economista

Rubén Torres

24 de enero de 2016

 

La dirigencia local y diputados del partido Movimiento Ciudadano (MC) en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), denunciaron que la Secretaría de Seguridad Pública capitalina (SSPDF), continúa abonando a la opacidad sobre el nuevo Reglamento de Tránsito, al no haber respondido a dos solicitudes de información, lo que “significa que están haciendo adecuaciones sin ninguna transparencia o todo está en desorden”.

Las peticiones del partido según su dirigente, Esthela Damián Peralta, y los legisladores quienes continúan con su campaña de “No a las fotomultas”, pretende que les sea entregada vía transparencia copia del contrato de la SSPDF con la empresa Autotraffic SA de CV, y su acta constitutiva, además de las actas de sesiones realizadas con el Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología para la Seguridad Pública.

De acuerdo con MC, el 21 de enero venció el término que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información local sobre esas solicitudes, aunque la SSPDF pidió la ampliación que son cinco días más, plazo que estaría venciendo el 26 de enero,“lo cual significa que no está ordenada la información, es demasiado confusa o están buscando cómo eludir su cumplimiento”.

Agregaron que la SSPDF solicitó la ampliación del término y que el contrato que está en el micrositio se encuentra incompleto en su parte más importante; en cinco ocasiones en el contrato se enuncia un “anexo único”, el cual contiene criterios de ubicación de los aparatos para las fotomultas, procedimiento para su funcionamiento, operación y análisis de la información y demás, pero dicho “anexo” no existe, al menos no es público.

En relación con el anuncio de que habrá cambio de placas luego que se publique la reforma política del DF por el Ejecutivo federal, el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, explicó que es por cambio de nomenclatura y no es para todos, sólo “autos nuevos, cambio de propietario o de otras entidades que sean registrados en la capital”, todo depende de los acuerdos de las secretarías de Comunicaciones, tanto federal como local

 

 

 

 

Transparencia y acceso a la información

 

INAI

 

Robo de identidad aumenta en 40%

 

Excélsior

 

Andrea Meraz

 

25/enero/2016

 

El robo de identidad continúa como uno de los delitos que, lejos de disminuir, está al alza, pues mientras en el primer semestre de 2014 hubo 20 mil 168 reclamos, en igual periodo de 2015 llegó a 28 mil 258.

Ante ello, académicos y especialistas analizarán esta semana medidas para detectar y evitar ese delito.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y según estadísticas de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los casos de ese delito aumentaron durante el primer semestre de 2015 en 40 por ciento.

Según registros del Banco de México, el país ocupa el octavo lugar en el mundo en robo de identidad.

En territorio mexicano, el mayor número de casos se da por la pérdida de documentos, luego por robo de carteras y portafolios, así como por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.

Incluso, durante los primeros seis meses de 2015 el monto reclamado por los usuarios ascendió a 118 millones de pesos, es decir, un 19% más respecto al año anterior.

Estas cifras también revelan que nueve de cada diez reclamaciones son respecto de tarjeta de crédito y el restante por tarjetas de débito, es decir, 25 mil 14 y tres mil 211 para las segundas.

 

Mayor riesgo

Por su parte, el Inai expuso que a nivel internacional, de acuerdo con la Firma de Seguros y Manejo de Riesgos Oswald, 34% de la información robada es de trámites de gobierno, el 17% de tarjetas de crédito, el 14% de teléfonos y servicios públicos, el 8% de bancos, el 6% son datos de trabajo y 4% tienen que ver con préstamos.

Ese mismo documento revela que la información obtenida de manera ilícita es utilizada para solicitar tarjetas de crédito, firmar cheques en blanco, hacer transferencias desde cajeros, comprar inmuebles y/o comprometer a otra persona en un arresto.

Transparencia y acceso a la información

Protección de datos personales

 

Robo de identidad creció 40% durante el primer semestre de 2015: Condusef

MVS Noticias

Francisco Rubio

24 de enero de 2016

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) informó que un artículo de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) revela que México ocupa el octavo lugar en ese delito.

 

Ante los multimillonarios daños económicos que afecta a instituciones de gobierno, privadas e inclusive personales, autoridades en sus tres niveles –federal, estatal y municipal- así como especialistas, académicos y representantes de la sociedad civil buscarán la manera de blindar la protección de los datos de cada uno de los mexicanos.

Los trabajos serán parte de los trabajos del Día Internacional de Protección de Datos Personales 2016 y no es para menos, pues, de acuerdo con los registros de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en el primer semestre de 2015, las reclamaciones por esta conducta, se incrementaron en un 40 por ciento, al pasar de 20 mil 168 a 28 mil 258, con respecto al mismo periodo del año 2014.

En el comunicado de prensa del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se retomó los registros del Banco de México, donde se asienta que “el país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este delito; en 67 por ciento de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, en 63 por ciento por el robo de carteras y portafolios, y 53 por ciento por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.

Como botón de muestra, se recordó que en el caso de una joven de Nayarit, víctima de este delito, se le imputó un adeudo fiscal por un monto de mil 800 millones de pesos.

De acuerdo con la Procuraduría, se trata del caso de suplantación de identidad, cuyo monto es el más alto del que se tenga registro en el país.

En 2006, los delincuentes falsificaron la credencial de elector de la joven, en la que coinciden todos sus datos, con excepción de su foto y su firma.

Posteriormente, la joven fue dada de alta en el Registro Federal del Contribuyente (RFC) como comerciante al por mayor en productos farmacéuticos, con destilación y venta de grandes volúmenes de alcohol etílico, para lo cual proporcionaron un domicilio fiscal que le era totalmente ajeno.

Finalmente, abrieron una cuenta de cheques en una institución bancaria y durante 2009 hicieron depósitos por cerca de 800 millones de pesos, conducta que fue observada por el Servicio de Administración Tributaria.

A nivel internacional, de acuerdo con cifras de la Firma de Seguros y Manejo de Riesgos Oswald, en su infografía “El Robo de Identidad”, de mayo de 2015, el 34 por ciento de la información robada es de trámites de gobierno (esta cifra se vincula con vulneraciones a bases de datos del sector público); el 17 por ciento, de tarjetas de crédito; el 14 por ciento, de teléfonos y servicios públicos; el 8 por ciento, del banco; el 6 por ciento, son datos de trabajo, y 4 por ciento, de préstamos.

Cabe señalar que los trabajos para conmemorar el Día Internacional de Protección de Datos Personales 2016 tendrán lugar el próximo jueves 28 de enero, en el Museo Nacional de Antropología, Auditorio Jaime Torres Bodet, de 9:00 a 19:45 horas.

 

 

 

 

Transparencia y acceso a la información

 

INAI

 

INAI ordena dar a conocer padrón de beneficiarios del Seguro Popular

 

MVS Noticias

 

Comunicado Oficial

 

25 de enero de 2016

 

La comisionada ponente, Areli Cano Guadiana, señaló que el sujeto obligado es responsable de la instrumentación del SPSS, es decir del Seguro Popular, el cual brinda servicios de salud a personas “no derechohabientes” de las instancias públicas de seguridad social, como el IMSS y el ISSSTE

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS), órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, que haga entrega de una versión pública del padrón de personas afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud (SPSS), conocido como Seguro Popular.

Un particular solicitó el padrón de personas beneficiadas por del Fideicomiso del SPSS; en respuesta, la Comisión señaló que dicho fideicomiso no contempla la figura de beneficiario, por lo que no cuenta con la información requerida. Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, precisando que se hacía referencia a un registro de tal naturaleza en un informe de la CNPS en el que se dan a conocer los resultados alcanzados por el SNPS en 2014. En alegatos, la institución requerida reiteró su respuesta y enfatizó que el particular pidió el padrón del Fideicomiso y no el del Sistema.

Al presentar el caso ante el Pleno del INAI, la comisionada ponente, Areli Cano Guadiana, señaló que el sujeto obligado es responsable de la instrumentación del SPSS, es decir del Seguro Popular, el cual brinda servicios de salud a personas “no derechohabientes” de las instancias públicas de seguridad social, como el IMSS y el ISSSTE. Asimismo, precisó que este órgano desconcentrado tiene entre sus funciones operar dos componentes de este Sistema: el Fideicomiso referido, cuya finalidad es administrar fondos para el desarrollo de infraestructura médica, así como el financiamiento a la atención de enfermedades de alto costo.

Areli Cano afirmó que al ser el Seguro Popular una de las acciones del gobierno con mayor cobertura en el país, recibe para su operación una gran cantidad de recursos públicos. Al citar el Tercer Informe del Gobierno Federal, la Comisionada Ponente señaló que en 2015, alcanzó una cobertura de 57.3 millones de personas afiliadas y que recibió el 55.5 por ciento de los recursos federales del presupuesto asignado al Ramo 12 sobre Salud, porcentaje que equivale a más de 74 mil millones de pesos, según cifras del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados. Por otra parte, indicó que en los últimos 10 años este programa ha sido objeto de diversas evaluaciones por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de las que han derivado diversas recomendaciones, entre las que se encuentra la de implementar procedimientos para conciliar el padrón de afiliados del programa con el de otras instituciones de seguridad social, a fin de evitar duplicidades en el otorgamiento de recursos financieros y tener un control sobre el ejercicio de los mismos.

Bajo este contexto, en el análisis del caso, se advirtió que el sujeto obligado no hizo una búsqueda exhaustiva de la información, ya que interpretó la solicitud de forma literal y no con un criterio amplio, por lo que determinó que si bien el fideicomiso referido no tiene beneficiarios, lo cierto es que el Sistema de Protección Social en Salud sí cuenta con un registro de ellos, el cual fue el solicitado por el particular.

No obstante lo anterior, en la resolución se advirtió que la información requerida contiene, entre otros datos, el nombre tanto de personas mayores de edad como de menores afiliadas  al programa. En el caso de los primeros, se concluyó que se trata de información pública, ya que la Ley Federal de Transparencia, establece la obligación de dar a conocer el nombre de las personas receptoras de un programa social, en razón de que representa la erogación de recursos públicos. Sin embargo, en el caso de los menores, se planteó que sus nombres deben tener un tratamiento distinto y se debe considerar el principio de convencionalidad, así como el Interés Superior del Menor, que consiste en el conjunto de valores, interpretaciones y procesos que deben implementar las autoridades para garantizar el pleno desarrollo humano integral, así como el máximo bienestar personal, familiar y social de las niñas, niños y adolescentes.

En este sentido, luego de una ponderación entre el derecho de acceso a la información del particular y la protección de los datos personales de los menores, se concluyó que la difusión de sus datos implicaría revelar circunstancias particulares que inciden en su esfera privada, como su núcleo familiar, razón por la cual deben ser protegidos, ya que de lo contrario se puede generar un perfil de ellos frente a la sociedad, cuando no han alcanzado la suficiente madurez física y psicológica, además de que no cuentan con capacidad jurídica para tomar decisiones sobre su persona, como lo es el afiliarse a un sistema de salud. No obstante, y a fin garantizar el derecho de acceso a la información del recurrente, se determinó que deben publicarse los nombres de los representantes legales de los menores.

“La transparencia respecto del padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud resulta importante por ser un registro de información, que además de dar cuenta del cumplimiento de la normatividad relativa al funcionamiento del Seguro Popular, permite a la sociedad y a los usuarios de este sistema conocer la acción pública en materia de protección de salud, máxime cuando los servicios que otorga están dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad”, sostuvo Areli Cano en la sesión del Pleno.

Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la CNPSS y le instruyó entregar versión pública del padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, en el que únicamente deberá eliminar los datos personales confidenciales de los beneficiarios, como fecha de nacimiento, sexo, CURP, domicilio actual, nivel de cuota familiar, entre otros.