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Transparencia y acceso a la información

 

-INAI

 

INAI solicita a la SCT póliza de seguro del satélite Centenario

El Economista

LEOPOLDO HERNÁNDEZ

21 de octubre, 2015

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) entregar la póliza de seguro con la empresa Marsh LTD para el satélite “Centenario”.

Luego que un particular solicitara versión pública del contrato, el sujeto obligado refirió que la documentación en esa modalidad era inexistente y que debido a un acuerdo de confidencialidad, la póliza vigente no podía darse a conocer.

 

Al analizar el caso el comisionado Joel Salas Suárez, señaló que al no existir la versión solicitada por el requiriente, la SCT debía elaborarla y entregarla.

 

Recordó que el 16 de mayo de este año el satélite de comunicaciones “Centenario” se desintegró en la atmósfera poco después de despegar en Kazajistán, y ese mismo día la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dio a conocer que la inversión hecha sería recuperada en su totalidad gracias a un seguro contratado con la empresa March Limited.

“El seguro cubre 300 millones de dólares por su fabricación y 90 millones por su lanzamiento; el costo de prima fue de 50 millones de dólares y no contempla deducible”, explicó.

 

Salas Suárez detalló que el argumento de confidencialidad esgrimido por la SCT no se actualiza, ya que la publicidad de contrataciones públicas es obligatoria, por lo que consideró que no procede entregar versiones públicas del contrato de la póliza del seguro y se debe entregar la versión íntegra.

 

“El acuerdo de confidencialidad entre la empresa March Limited y la SCT pierde validez ante lo dispuesto en la legislación mexicana; esta empresa no puede reservar la información del contrato, ni entregarla con carácter de confidencial”, dijo.

 

El comisionado del INAI señaló que la población tiene derecho para conocer los términos en los que se llevó a cabo el contrato del seguro, y evaluar si se cumplió el objetivo por el cual fue adquirido.

 

En este sentido el pleno del Instituto revocó la respuesta del sujeto obligado y le ordenó entregar al solicitante la versión íntegra del contrato.