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3 de febrero – Mural

José Woldenberg

La Corte dejó congelado, por lo pronto, un debate más que relevante: si una norma constitucional puede ser combatida a través del amparo. La discusión fue rica en argumentos pero será necesario esperar a que se cubra la vacante que hoy existe en la Suprema para lograr el desempate. Ésa es la primera frontera del recurso que interpusieron 15 intelectuales contra la disposición que prohíbe la compra de espacios en radio y televisión durante las campañas electorales.

De prosperar la idea de que el amparo es una fórmula legitimada frente a normas de la Constitución, entonces se entrará al núcleo de la impugnación de los quejosos que se divide en dos: el procedimiento y la sustancia. La Corte tendrá que analizar si al producir un cambio constitucional las Cámaras cumplieron con los trámites y garantías necesarios. Y eventualmente pronunciarse sobre el contenido de esas modificaciones. Hasta donde alcanzo a ver el intento de amparo difícilmente pasará la aduana del procedimiento. Porque las evidencias apuntan a que tanto las dos Cámaras federales como los congresos de los estados siguieron los pasos que fija la Constitución y las leyes para llevar a cabo la modificación constitucional. Pero, diría Prudencio, no hay que adelantar vísperas.

De todas formas la discusión de fondo es importante y no hay que evitarla, incluso si la Corte no llega a ella. Máxime que quienes interpusieron el amparo aducen que la norma viola la libertad de expresión, pilar fundamental de cualquier régimen democrático.

Insisto en que la discusión sólo puede dar frutos si se asume que en la materia es imprescindible conjugar valores en tensión. Y que junto a la libertad es inescapable colocar el tema de la equidad en las contiendas electorales. No como un capricho, sino como fruto de nuestra historia reciente. Porque las elecciones en México no acabaron de ser legítimas sino hasta que existieron condiciones equilibradas en la competencia. Recordemos: primero (1977) se abrieron las puertas para que los excluidos del mundo institucional pudieran ingresar a él; después (1990) se construyeron instituciones que garantizaran la imparcialidad en las elecciones; y finalmente (1996) se diseñó un «terreno de juego» más o menos parejo regulando el financiamiento y el gasto de los partidos y su acceso a los medios de comunicación masiva, así como creando un contexto de exigencia a estos últimos. Sin esas operaciones difícilmente se podría hablar hoy de democracia en nuestro país.

He recibido varias respuestas y objeciones a mi artículo de la semana pasada por parte de algunos de los impugnadores de la norma constitucional. Sin embargo, no han respondido a mis cuestionamientos -ni tienen por qué hacerlo, nada los obliga- más bien han reiterado sus convicciones. No es extraño. Suele suceder. Pero de cara al público creo que tienen que responder tres preguntas elementales y fundamentales. A) ¿Es la equidad en la contienda electoral un valor digno de ser defendido? B) Si la respuesta es sí, ¿cómo se construye o destruye?, y C) de no existir ninguna restricción para la compra de espacios en radio y televisión, ¿qué derivaciones prevén?

A) Para quienes la equidad es un asunto espurio, irrelevante o artificial (ya que tiene un tufo stalinista), la discusión acaba pronto. Pero mal. Afirman, por ejemplo, que no existe una correlación entre el gasto en las campañas y los resultados electorales y se dan por satisfechos. Es cierto, no hay una relación mecánica (absoluta) entre dinero y votos o entre exposición mediática y triunfo o derrota. Pero sin una mínima equidad en la cobertura de las campañas y en el gasto electoral la contienda se vuelve como una pelea entre Mike Tyson y La Chiquita González. Hasta en el box hay categorías para preservar condiciones equilibradas en la disputa.

B) Si se acepta que la equidad es un valor digno de ser fortalecido, entonces la pregunta es ¿cómo? Y en ese terreno hay dos vías complementarias: multiplicando el despliegue de todas las libertades y potencialidades y ciñendo (dado el mundo real no el ideal) algunas prácticas que pueden dislocar la competencia. Es común que existan restricciones múltiples, una de las cuales es al comercio de los espacios publicitarios en radio y tv. Que se justifica -insisto- en aras de la equidad.

C) Omitir en la discusión política las derivaciones prácticas de una norma es por decir lo menos irresponsable. ¿Alguien puede afirmar que la derogación del precepto constitucional no desfiguraría las contiendas electorales? ¿No multiplicaría las capacidades de intervención de las grandes corporaciones? ¿Quiénes concentran la riqueza de México no serían los primeros beneficiados potenciales? ¿O cualquiera puede pagar el costo de un anuncio en la televisión comercial? Defender principios abstractos sin sus implicaciones prácticas no parece muy razonable.

Volteemos los ojos a Europa o a América Latina o a Canadá. El único referente no debe ser Estados Unidos.